DECRETO 1452 de 1995
por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2° del Decreto número 2557 del 18 de noviembre de 1994.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1452
- Año
- 1995
- Entidad
- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO LEY El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 1ş del Decreto-ley 1050 de 1968,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Adicionar un parágrafo al artículo 2ş del Decreto 2557 del 18 de noviembre de 1994, de la siguiente manera:
"Parágrafo 2ş. El Comité de Seguimiento del Plan de Acción para las Regiones estará conformado por los gobernadores de la región, o sus delegados, el respectivo Director de la Oficina de Planeación; un representante de los alcaldes, elegido por los Alcaldes de la Región; el Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República, o su delegado personal; el (los) Consejero(s) Presidencial(es) para la región; el Director Ejecutivo de la Cámara de Comercio de la Región, en representación del sector privado; el Jefe de la Unidad de Planeación Regional y Urbana del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado; el Director del Consejo Regional de Planificación Económica y Social de la Región, o su delegado".
Afecta la vigencia de: Adiciona parcialmente (parágrafo ) Artículo 2 DECRETO 2557 de 1994
Artículo 2.
ş. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 31 de agosto de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Horacio Serpa Uribe.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repúblic Juan Manuel Turbay Marulanda.
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