DECRETO 1440 de 2007
por el cual se adiciona el artículo 15 del Decreto 1737 de 1998.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1440
- Año
- 2007
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 76 del Decreto 111 de 1996,
DECRETA:
Artículo 1°.
Se podrá asignar teléfono celular al Director General del Senado de la República, en los términos del artículo 15 del Decreto 1737 de 1998, modificado y adicionado por los artículos 7° del Decreto 2209 de 1998, 3° del Decreto 2445 de 2000, 1° del Decreto 644 de 2002, 1° del Decreto 3668 de 2006, 1° del Decreto 4561 de 2006 y 1° del Decreto 966 de 2007.
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el artículo 15 del Decreto 1737 de 1998, modificado y adicionado por los artículos 7° del Decreto 2209 de 1998, 3° del Decreto 2445 de 2000, 1° del Decreto 644 de 2002, 1° del Decreto 3668 de 2006, 1° del Decreto 4561 de 2006 y 1° del Decreto 966 de 2007.
Afecta la vigencia de: Adiciona Artículo 15 DECRETO 1737 de 1998 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 30 de abril de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
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