DECRETO 1430 de 2005
por el cual se modifica el artículo 2º del Decreto 947 de 2005.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1430
- Año
- 2005
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 25 de artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en la Ley 7ş de 1991 y del artículo XI del GATT de 1994, incorporado a la legislación nacional mediante la Ley 170 de 1994,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Modificar el artículo 2ş del Decreto 947 de 2005, el cual quedará así:
"Artículo 2ş. Lo previsto en el artículo 1ş no aplicará a las exportaciones que a la fecha de publicación de presente decreto cuenten con certificado sanitario expedido por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, ni para aquellas solicitudes de certificado sanitario cuyo trámite haya sido radicado en el ICA antes de la citada fecha".
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 947 de 2005
Artículo 2.
ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de mayo de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Felipe Arias Leiva.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Jorge H. Botero.
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