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DECRETO 1418 de 1996

por el cual se modifica el Decreto 596 de 1996 que adoptó una recomendación del Consejo de Monumentos Nacionales.

Tipo
DECRETO
Número
1418
Año
1996
Entidad
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 189, numerales 11 y 21, y la Ley 115 de 1994 en su artículo 202, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 596 del 26 de marzo de 1996 se adoptó la Resolución número 005 de 1995 del Consejo de Monumentos Nacionales mediante la cual se propone la declaratoria como Monumento Nacional de algunas edificaciones de la Universidad Nacional de Colombia;

Que el Decreto número 596 de 1996 omitió ocho de los catorce inmuebles de la Universidad Nacional que se proponían en la Resolución del Consejo de Monumentos Nacionales;

Que el Decreto número 596 de 1996 adoptó la Resolución número 005 de 1995 e Consejo de Monumentos Nacionales, pero no declaró como Monumentos Nacionales los inmuebles relacionados;

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Adiciónase el contenido del artículo VI del Decreto 596 del 26 de marzo de 1996 en la parte transcrita del artículo 111 de la Resolución número 005 de 1995 del Consejo de Monumentos Nacionales,, con las siguientes edificaciones de la Universidad Nacional de Colombia.

Porterías sobre las calles 45 y 26, 1939.

Casas para profesores, 1939.

Facultad de Ingeniería, 1940.

Laboratorio de Ensayo de Materiales, 1940.

Laboratorio de Química Nacional, 1941.

Imprenta, 1945.

Facultad de Economía, 1960.

Facultad de Sociología, 1962.

Afecta la vigencia de: Adiciona (en contenido del articulo VI en la parte transcrita del artículo 111 de la Resolución número 005 de 1995 del Consejo de Monumentos Nacionales ) DECRETO 596 de 1996

Artículo 2.

ş. Declarar como Monumentos Nacionales los inmuebles relacionados en el presente Decreto y en el Decreto número 596 del 26 de marzo de 1996.

Artículo 3.

ş. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de agosto de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO La Ministra de Educación Nacional, Olga Duque de Ospina.

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