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Resolución Reglamentaria 031 de 2018

Resolución Reglamentaria 031 de 2018 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
031
Año
2018
Fecha
7 de agosto de 2018
Entidad
Contraloría de Bogotá D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 031 DE 2018 (Agosto 07) _Por medio de la cual se modifica parcialmente el numeral[VI](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69650#1.n)del empleo regulado en el numeral 2.1.1 del artículo primero de la Resolución_ ___Reglamentaria 017 de 2017, denominado Auditor Fiscal código 036, grado 02_ EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 32 del Decreto 785 de 2005 y en el artículo 70 del Acuerdo del Concejo de Bogotá No. 658 de 2016 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [274](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#274) de la Constitución Política de Colombia, estableció que la gestión fiscal de la Contraloría General de la República sería vigilada por un auditor elegido para períodos de dos años por el Consejo de Estado, de terna enviada por la Corte Suprema de Justicia, y que para los niveles departamental, distrital y municipal, la Ley determinaría la manera de ejercer dicha vigilancia.

Que en uso de las facultades atribuidas constitucionalmente, el Gobierno Nacional expidió el Decreto Ley No. [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#0) de 1993 _“Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”_, dentro del cual se estableció, en el inciso 5 de su artículo 105, que la vigilancia de la gestión fiscal de la Contraloría de Bogotá D.C. _“…se ejercerá por quien designe el tribunal administrativo que tenga jurisdicción en el Distrito”._ Que mediante Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. [658](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#0) de 2016 se dictaron normas sobre la organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se modificó su estructura orgánica e interna, se fijaron las funciones de sus dependencias y se modificó la planta de personal, entre otras disposiciones.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo [67](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#67) de dicho Acuerdo (modificado por el artículo [22](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68617#22) del Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. 664 de 2017), la planta de la Auditoría Fiscal hace parte de la planta de empleos de la Contraloría de Bogotá D.C., y, según lo dispuesto en el artículo [70](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#70) ibídem, el Contralor de Bogotá D.C. cuenta con la facultad de modificar y actualizar las funciones de los empleos de la entidad, de acuerdo con las disposiciones legales que rigen la materia.

Que con base en las atribuciones conferidas por el Acuerdo No. [658](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#0) de 2016 (modificado parcialmente por el Acuerdo No. 664 de 2017), se profirió la Resolución Reglamentaria No. 017 del 8 de junio de 2017, por la cual se estableció el nuevo “…Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Contraloría de Bogotá D.C.”, la cual fue posteriormente adicionada y modificada de manera parcial a través de la Resolución Reglamentaria No. [014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78330#0) del 28 de febrero de 2018.

Que dentro de las disposiciones que al efecto trae la Resolución Reglamentaria No. [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69650#0) del 8 de junio de 2017, se encuentra regulado en el numeral 2.1.1 el manual del empleo denominado Auditor Fiscal código 036, grado 02.
Que no se consagra disposición especial alguna relativa a la experiencia requerida para el ejercicio del cargo de Auditor Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C., ni en el Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#0) de 1993, ni en los Acuerdos [429](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39051#0) y [441](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39888#0) de 2010, como tampoco en el Acuerdo [658](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#0) de 2016 modificado parcialmente por el Acuerdo [664](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68617#0) de 2017.

Que en tal sentido es necesario modificar parcialmente el numeral VI del empleo regulado en el numeral 2.1.1, del artículo primero de la Resolución Reglamentaria 017 de 2017, denominado Auditor Fiscal código 036, grado 02, en cuanto a la experiencia que se requiere para el desempeño del mismo.

Que como consecuencia de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#7) del Acuerdo del Concejo de Bogotá No. 199 de 2005, se procedió a solicitar al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital la emisión de concepto técnico favorable para realizar la respectiva modificación.

Que mediante oficio No. 2018EE1795 del 17 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable para efectuar la modificación requerida en el manual específico de funciones y de competencias laborales vigente en la Entidad. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Modificar parcialmente el numeral [VI](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69650#1.n) del empleo regulado en el numeral 2.1.1 del artículo primero de la Resolución Reglamentaria 017 de 2017 (versión 13.0), denominado Auditor Fiscal Código 036, Grado 02, en cuanto a la experiencia requerida para su desempeño, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, el cual quedará así: 2.1.1. Auditor Fiscal 036 – 02 | | **I. IDENTIFICACIÓN DEL CARGO ---|--- Nivel: | | Directivo Denominación del Empleo: | | Auditor Fiscal Código: | | 036 Grado: | | 02 No. Cargos: | | Uno (1) Dependencia: | | Auditoría Fiscal Cargo del Jefe Inmediato: | |

VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA --- FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA Conforme a lo establecido en el artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9598#14) del Decreto Ley 272 de 2000: Título profesional en Ciencias Económicas, contables, jurídicas, financieras o de administración. Nota: Su período será de dos (2) años contados a partir de su elección por parte del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. | No requiere

Nota: Ver documento anexo de la Resolución Reglamentaria[017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69650#0)de 2017.

Artículo segundo.

La presente Resolución Reglamentaria rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80558#0), y modifica en lo pertinente la Resolución Reglamentaría No. [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69650#0) del 8 de junio de 2017.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C. a los 07 días del mes de agosto del año 2018.

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

Contralor de Bogotá D.C.

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