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DECRETO 1400 de 1995

por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1995.

Tipo
DECRETO
Número
1400
Año
1995
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la república de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 59 de la Ley 179 de 1994,

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política, expidió la Ley 168 del 29 de noviembre de 1994 aprobatoria del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1995, el cual liquidó por medio del Decreto 2899 del 31 de diciembre de 1994;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le confiere a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que de conformidad con el artículo 59 de la Ley 179 de 1994, cuando se fusiones órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos delos que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la República.

Que en virtud del artículo 248, numeral 6, de la Ley 100 de 1993, se facultó al Gobierno Nacional para organizar el sistema de salud de las Fuerzas Militares y de Policía.

Que en ejercicio de dichas facultades expidió el Decreto 1301 de 1994, por el cual se organiza el sistema (…), trasladando funciones de la Policía Nacional al Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional;

Que el jefe de la División Financiera de la Policía Nacional certifica que en el presupuesto de Servicios Personales y Transferencias de ese Organo existe apropiación disponible libre de afectación presupuestal por valor de $ 4.121.987.000.00 y $ 199.373.000.00 respectivamente,

DECRETA:

Artículo 1°.

Modificase la Ley de Apropiaciones y el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1995 para atender gastos de funcionamiento concernientes a traslado de funciones, efectuando contra créditos y créditos del Presupuesto General de la Nación por la suma de cuatro mil trescientos veintiún millones trescientos sesenta mil pesos moneda legal ($ 4.321.360.000.00) según el siguiente detalle:

Contracréditos Número Prog. Articulo Orden Spr. Sub Rec. Concepto Proy. Total Sección 1601 Policía Nacional Total $ 4.321.360.000 A Funcionamiento 4.321.360.000 Unidad 1601 01 Dirección Superior 743.072.000
1. Servicios Personales 543.699.000 002 0001 Sueldo Básico 251.380.000 01 Recursos ordinarios 251.380.000 005 Subsidio de alimentación 11.135.000 01 Recursos ordinarios 11.135.000 008 Prima de vacaciones 24.320.000 01 Recursos ordinarios 24.320.000 009 Prima de Navidad 01 Recursos ordinarios 0100001 Prima de Actividad 01 Recursos ordinarios 031 Bonificación seguro de vida colectivo (Dec. 1949 de 1992) 19.422.000 01 Recursos ordinarios 19.422.000 03 Transferencias Instituto colombiano de bienestar familiar (ICBF) 63.297.000 Recursos ordinarios 63.297.000 10 Servicio nacional de aprendizaje (SENA) 10.549.000 01 Recursos ordinarios 10.549.000 12 Escuelas industriales e institutos técnicos 21.099.000 Recursos ordinarios 21.099.000 220005 Subsidio de vivienda 104.428.000 01 Recursos ordinarios 104.428.000 Unidad 1601 03 Sanidad y asistencia Social 3.578.288.000 Servicios Personales 3.578.288.000 002 Sueldo Básico 1.630.000.000 01 Recursos ordinarios 1.630.000.000 005 Subsidio de alimentación 86.000.000 01 Recursos ordinarios 86.000.000 006 Auxilio de transporte 63.827.000 01 Recursos ordinarios 63.827.000 008 Prima de vacaciones 100.000.000 01 Recursos ordinarios 100.000.000 009 Prima de Navidad 858.000.000 01 Recursos ordinarios 858.000.000 0100001 Prima de Actividad 483.000.000 01 Recursos ordinarios 483.000.000 0100015 Primas varias 39.926.000 01 Recursos ordinarios 39.926.000 0180001 Subsidio familiar 317.535.000 01 Recursos ordinarios 317.535.000 Total contracréditos 4.321.360.000

Artículo 2°.

Con base en él contra cristo de qué trata el artículo anterior en los siguientes escritos el presupuesto general de la nación para la vigencia fiscal de 1995 así:

Numero Articulo Orden Sub Rec. Concepto Total Prog Spr, Proy. Sección 1517 Instituto para la Seguridad y Bienestar de la Policía Nacional Total 4.321.360.000 A-Funcionamiento 4.321.360.000 Unidad 151701 Dirección Superior 1.117.273.927 Servicios personales 1.117.273.927 002 Sueldos de personal de nomina 1.117.273.927 01 Recursos ordinarios 1.117.273.927 Unidad 151702 Salud 3.204.086.073 1 Servicios personales 3.004.713.073 002 Sueldos de personal de nomina 2.021.896.950 01 Recursos ordinarios 2.021.896.950 Bonificación por servicios prestados 65.991.313 004 01 Recursos ordinarios 65.991.313 005 Subsidio de alimentación 27.787.860 01 Recursos ordinarios 27.787.860 006 Auxilio de transporte 14.774.445 01 Recursos ordinarios 14.774.445 008 Prima de vacaciones 92.467.473 01 Recursos ordinarios 92.467.473 009 Prima de navidad 770.562.271 01 Recursos ordinarios 770.562.271 012 Bonificación especial de recreación 11.232.761 01 Recursos ordinarios 11.232.761 3 transferidas 199.373.000 009 Instituto Colombia de bienestar familiar ICBF 111.000.000 01 Recursos ordinarios 111.000.000 010 Servicio nacional de aprendizaje (SENA) 88.373.000 01 Recursos ordinarios 88.373.000 TOTAL CREDITOS 4.321.360.000

Artículo 3°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá D C., 28 de agosto de 1995 ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.

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