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Concepto 220183333 de 2018

Concepto 220183333 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital - Subsecretaría Jurídica Distrital

Tipo
Concepto
Número
220183333
Año
2018
Fecha
13 de marzo de 2018
Entidad
Secretaría Jurídica Distrital - Subsecretaría Jurídica Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

2110460 Bogotá D.C., Doctora PAOLA GÓMEZ CAMPOS Subsecretaria de Planeación Socioeconómica Secretaría Distrital de Planeación Carrera 30 N° 25-90 Ciudad. Asunto: Concepto sobre la vigencia del Decreto Distrital 505 de 2007. Radicados: 1-2018-2086, 1-2018-2156, 1-2017-20317 y 1-2017-19341.

Respetada Doctora Gómez: Esta Dirección recibió la comunicación del asunto, en la cual solicitaba “(…) un concepto jurídico que excede la competencia de esta Secretaría, en consideración al contenido del Decreto [016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51241) de 2013, toda vez que reglamentan el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital, en particular el Decreto [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007, como su vigencia, a la luz de lo dispuesto en la nueva reglamentación expedida con el Decreto Nacional [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017.” Al respecto, mediante la comunicación 2-2017-13735 del 30 de noviembre de 2017, se solicitó el concepto técnico previo sobre la vigencia del Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007 a la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a la luz de lo dispuesto en la nueva reglamentación expedida con el Decreto Nacional [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017, de conformidad con las Circulares [26](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36775) de 2009 y [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39219) de 2010 de la Secretaría General, que determinan que la líder y coordinadora de la implementación del Sistema de Coordinación Distrital es la citada Dirección. Por lo anterior, mediante la comunicación 1-2017-20317 del 14 de diciembre de 2017 la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., emitió su concepto técnico previo sobre la vigencia del Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007, señalando que: “(…) Como consecuencia de lo anterior y con relación a los aspectos eminentemente técnicos sobre los cuales se tiene competencia, para la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional es claro que el Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007, en primer lugar debe actualizarse a los cambios de nuevos Sectores Administrativos y sus correspondientes entidades, y en segundo lugar el mismo debe adecuarse a esta nueva realidad normativa del orden nacional, a la cual se le debe dar cabal cumplimiento. Así las cosas, esta Dirección inicialmente avocó la modificación de esta norma con el fin de actualizarla a la nueva estructura general del Distrito Capital, proyecto que ya había surtido la revisión por parte de la Oficina Asesora Jurídica de esta Secretaría. Finalmente se deberá proceder a adecuar este proyecto de Decreto, a las modificaciones adoptadas por el Decreto Nacional [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017 y enviarlo nuevamente a la correspondiente revisión por parte de la Oficina Asesora de Jurídica de la Secretaría General, con el fin de remitirlo por último a la Secretaría Jurídica Distrital, para su control de legalidad. En los anteriores términos se hace referencia a los aspectos técnicos por los cuales se verifica, que efectivamente es procedentes la modificación del Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007, haciendo la salvedad que la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional no se pronuncia sobre la vigencia del mismo, en razón a que este es un aspecto meramente jurídico que excede la competencia de esta Dirección, ya que es del Resorte de la Oficina Asesora Jurídica de esta Secretaría, evaluar si en este caso se presenta un presunto decaimiento de este Decreto Distrital” Posteriormente, la Jefe de Oficina Asesora de la Secretaría Jurídica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mediante la comunicación 1-2018-2086 del 15 de febrero de 2018 emite su concepto sobre la vigencia del Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007 a la luz de la expedición del Decreto Nacional [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017 sobre el asunto, también es cierto que la derogatoria expresa del Decreto Nacional [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017 afectó solo dos de los fundamentos normativos en los que se sostuvo la expedición del Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007, y las incompatibilidades existentes no hacen “de facto” que la norma Distrital pierda vigencia sino que resulte obsoleta frente a la actual legislación nacional. Adicionalmente, el Decreto Distrital 505 de 2007, en sus artículos [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232#1) a [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232#3), desarrollo el tema relacionado con el Consejo de Gobierno Distrital, asunto que no sufre ningún impacto con la expedición del Decreto Nacional [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017. De hecho, es preciso señalar que ya desde antes, el Decreto Distrital 505 de 2007 acusaba varias desactualizaciones, pues la dinámica administrativa fue incorporando desde hace ya varios años en el Distrito Capital distintas modificaciones (creación, traslado o modificación de diferentes entidades, o incluso de nuevos sectores) que alteraban la conformación de los denominados “Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo” Por tanto, la necesidad de remplazar el Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007 no obedece tanto a una pérdida de vigencia automática por haber ocurrido la derogatoria de algunos de los fundamentos normativos del acto, sino más bien porque es necesario recoger en forma integral las modificaciones, adiciones y derogatorias, y crear una nueva disposición, dando espacio a los ajustes requeridos por las directrices de política nacional y que permitan actualizar en su totalidad el contenido del Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007.” Es de señalar, que la Jefe de Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mediante la comunicación 1-2018-2156 del 16 de febrero de 2018 al pronunciarse respecto a la viabilidad del proyecto de decreto “Por medio del cual se reglamenta el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector Seguridad, Convivencia y Justicia del Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones”, recomendó: “Hacer los ajustes técnicos y normativos necesarios a la luz del Decreto Nacional [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017, toda vez que el texto del proyecto se acogen normas que se encuentran actualmente derogadas por este como lo son los artículos [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#15) y [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#20) de la Ley 489 de 1998. En lo que respecta a las alusiones al Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007, si bien este se encuentra vigente, es necesario que se actualice conforme a las múltiples modificaciones que en los últimos años ha sufrido la estructura del Distrito Capital, y en esa medida el proyecto de decreto debería esperar para ajustarse tanto a la normativa nacional como a los cambios que deben surtirse frente al Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007.” CONCLUSIÓN Una vez surtido el procedimiento señalado en el artículo [30](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45159#30) del Decreto Distrital 654 de 2011, esta Subsecretaría observa que el Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007 “Por el cual se reglamenta el Consejo de Gobierno Distrital y los Comités Sectoriales”, fue expedido en cumplimiento, entre otros, del artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#21) de la Ley 489 de 1998, que trataba de los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo, hoy derogado por el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261#5) del Decreto Nacional 1499 de 2017. Así mismo, el artículo [2.2.22.3.6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261#2.2.22.3.6) del Decreto Nacional 1499 de 2017 cambió el nombre de los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativos de que trataba la Ley [489](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186) de 1998, por el de los Comités Sectoriales de Gestión y Desempeño. Lo anterior, trae como consecuencia el cambio de la denominación de los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo por Comités Sectoriales de Gestión y Desempeño, por lo cual deberá actualizarse el nombre de los Comités existentes conforme a la normatividad nacional, sin que ello implique que los Comités existentes dejen de desarrollar sus funciones conforme al Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007 que los creó. En consecuencia, esta Secretaría concluye que el Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007 se encuentra vigente, y que los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo pueden seguir ejerciendo sus funciones sin perjuicio del cambio de denominación contenida en el artículo [2.2.22.3.6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261#2.2.22.3.6) del Decreto Nacional 1499 de 2017, hasta que se lleve a cabo la actualización del Decreto Distrital [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27232) de 2007 a cargo de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional y la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Atentamente, WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

Subsecretario Jurídico

ANA LUCY CASTRO CASTRO

Directora Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos

Proyectó. Elvira Liliana Hernández Libreros Revisó: Ana Lucy Castro Castro Aprobó: William Antonio Burgos Durango.

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