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Resolución Reglamentaria 009 de 2018

Resolución Reglamentaria 009 de 2018 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
009
Año
2018
Fecha
16 de febrero de 2018
Entidad
Contraloría de Bogotá D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 009 DE 2018

(Febrero 16) __ _Por la cual se adopta la nueva versión de algunos de los Procedimientos del Proceso de Gestión Administrativa y Financiera en la Contraloría de Bogotá D.C._

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el Acuerdo 658 de 2016, modificado por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C., y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo [269](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#269) de la Constitución Política, es obligación de las autoridades públicas, diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.
Que de conformidad con los literales [b)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#4.l.b) y [l)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#4.l.l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos. Decreto [651](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45211) del 28 Diciembre 2011, Modificado por el art. [23](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60027#23), Decreto Distrital 527 de 2014 "Por medio del cual se crean el Sistema Integrado de Gestión Distrital -SIGD-y la Comisión Intersectorial del -SIGD-, y se dictan otras disposiciones" crea el Sistema Integrado de Gestión Distrital como una herramienta de gestión sistemática y transparente compuesta por el conjunto de orientaciones, procesos, políticas, metodologías, instancias e instrumentos que permitan garantizar un ejercicio articulado y armónico, para dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de las entidades distritales.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. [034](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59995) del 05 de noviembre de 2014, se adoptó la actualización del Modelo Estándar de Control Interno – MECI 2014, para la Contraloría de Bogotá D.C., de conformidad con lo establecido en el Decreto [943](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59048) del 21 de mayo de 2014, en el cual se determinan las generalidades y estructura necesaria para establecer, implementar y fortalecer el Sistema de Control Interno en las entidades y organismos obligados a su implementación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo [5ª](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#5) de la Ley 87 de 1993, en virtud del cual se deben establecer políticas y procedimientos, así como mecanismos de prevención, verificación y evaluación en procura del mejoramiento continuo de la Administración Pública.

Que el 23 de septiembre de 2015 fue publicada la Norma Internacional ISO 9001:2015, sustituyendo a la NTC ISO 9001:2008, bajo la cual está certificado el Sistema de gestión de la Calidad de la Entidad; por tanto, este se encuentra en proceso de transición hacia la nueva norma.

Que el Concejo de Bogotá D.C., expidió el Acuerdo [658](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734) de 2016, “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C…”, estableciendo en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#6) que "En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C, definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo."

Que mediante memorando 3-2017-16522 de Junio 27 de 2017, la Alta Dirección comunicó la actualización de la estructura del mapa de procesos a la Entidad y estableció la necesidad de ajustar todos los documentos del Sistema Integrado de gestión – SIG a este nuevo esquema.

Que se hace necesario actualizar la Resolución Reglamentaria Nº [008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56815) del 20 de febrero de 2014, relacionada con la adopción del procedimiento para el Mantenimiento Integral de los Inmuebles y Muebles de la Entidad dentro del Proceso de Gestión Administrativa y Financiera, de acuerdo con la normatividad vigente.

Que se hace necesario actualizar la Resolución Reglamentaria Nº [020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62217) del 10 de junio 2015, relacionada con la adopción del Procedimiento para el Control y Manejo Administrativo del Parque Automotor de la Contraloría de Bogotá, dentro del Proceso de Gestión Administrativa y Financiera. En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar las nuevas versiones de los Procedimientos del Proceso de Proceso de Gestión Administrativo y Financiero. | No. | Documento | Código | Versión ---|---|---|--- 1 | Procedimiento para el Control y Manejo Administrativo del Parque Automotor de la Contraloría de Bogotá. | PGAF-11 | 7.0 2 | Procedimiento para el Mantenimiento Integral de los inmuebles y muebles de la Entidad. | PGAF-17 | 2.0 ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por la administración y divulgación de los procedimientos adoptados.

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75084) y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial las Resoluciones Reglamentarias Nº [008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56815) del 20 de febrero de 2014 y No. [020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62217) de 10 de junio de 2015.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de febrero del año 2018.

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

Contralor de Bogotá D.C.

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