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DECRETO 1359 de 1995

por el cual se crea la Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas como organismo consultivo y se le asignan algunas funciones.

Tipo
DECRETO
Número
1359
Año
1995
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las facultades constitucionales que le confieren los numerales 11, 17 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y de las legales, en especial la prevista en el artículo 1ş del Decreto 1050 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Créase la Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como organismo consultivo del Gobierno, cuyo objetivo es hacer estudios sobre el actual estado de las finanzas públicas y recomendar algunos correctivos para el adecuado manejo fiscal.

Artículo 2.

ş. En desarrollo de su objetivo, son funciones de la Comisión, creada por este decreto, las siguientes:

a) Proponer un programa de racionalización del Gasto Público y de los servicios del Estado, que incluya aspectos tales como, la eliminación y fusión de órganos públicos y el recorte de sus gastos burocráticos o innecesarios; b) Hacer el seguimiento de las reducciones del gasto público en su componente de funcionamiento, tanto de la Nación, como de las entidades territoriales; c) Examinar los actuales desequilibrios fiscales de la Nación, especialmente, con motivo de las transferencias de recursos ordenadas por la nueva Constitución a favor de las entidades territoriales y el lento traslado de competencias y responsabilidades de la Nación a dichas entidades; d) Recomendar al Gobierno la presentación de proyectos de ley tendientes a armonizar las bases de tributación de la Nación y de las entidades territoriales. Con estos propósitos, la Comisión hará un examen sobre la ejecución de los recaudos tributarios de las entidades territoriales; e) Hacer recomendaciones al Gobierno sobre la capacidad de endeudamiento del Estado y sobre la magnitud de recursos provenientes de la venta de activos que complementen los ingresos del Estado para la ejecución del "Plan Nacional de Desarrollo y de Inversiones 1995-1998".

Artículo 3.

ş. La Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas estará compuesta por los siguientes miembros:

Luis Fernando Alarcón Mantilla, Rodrigo Llorente Martínez, Mauricio Cabrera Galvis, Gilberto Arango Londońo, Antonio José Urdinola Uribe, César Vallejo Mejía y Eduardo Lora Torres.

Adicionalmente, y con carácter de enlace, por parte del Gobierno Nacional actuarán como miembros de la Comisión el Viceministro de Hacienda y Crédito Público y el Subdirector del Departamento Nacional de Planeación.

La Secretaría Técnica de la Comisión la hará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través del funcionario o funcionarios que el Ministro designe para el efecto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A Adicionado parcialmente (Parágrafo único ) Artículo 1 DECRETO 1605 de 1995

Artículo 4.

ş. La Comisión tendrá un término de un ańo a partir de la vigencia del presente decreto para el cumplimiento de sus funciones y la presentación de las recomendaciones respectivas.

El apoyo administrativo y técnico lo hará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 5ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 14 de agosto de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.

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