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Acuerdo Local 023 de 2019

Acuerdo Local 023 de 2019 Junta Administradora Local de la Candelaria

Tipo
Acuerdo Local
Número
023
Año
2019
Fecha
18 de junio de 2019
Entidad
Junta Administradora Local de la Candelaria
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 023 DE 2019

(Junio 28)

_Por el cual se incorporan los excedentes financieros al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria, para la vigencia fiscal de 2019._ __ LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA CANDELARIA

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y el Decreto 372 del 2010.

CONSIDERANDO:

Que una vez surtido el procedimiento de cierre presupuestal 2018, el CONFIS mediante CIRCULAR CONFIS No.02 de 2019, determino para los 20 Fondos de Desarrollo Local un monto de $65.008.548.442 por concepto de excedentes financieros, de los cuales distribuyo y asigno $1.800.000.000 a la Localidad de la Candelaria para malla vial, espacio público y peatonal.

Que la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local – Doctor Julio Alejandro Abril Tabares, mediante comunicación 2-2019-34934 de junio 04 de 2019, emitió concepto previo favorable sobre modificación a la inversión. Adición de excedentes financieros.

Que la Junta Administradora Local de la Candelaria debatió y aprobó la adición de excedentes financieros presentada por el Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria. Que, en mérito de lo anterior,

ACUERDA:

Artículo 1.

Aprobar el monto correspondiente a los excedentes financieros del Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria para la vigencia fiscal de 2019, por valor de MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS M/ CTE ($1.800.000.000), conforme al siguiente detalle:

Artículo 2.

Aprobar el monto correspondiente a los excedentes financieros del Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria para la vigencia fiscal de 2019, por valor de MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS M/ CTE ($1.800.000.000), conforme al siguiente detalle:

Artículo 3.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85948) **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de Junio del año 2019.

ÁLVARO ENRIQUE SÁNCHEZ CARRILLO

Presidente Junta Administradora Local

ISABEL CRISTINA BULLA RODRIGUEZ

Secretaria JAL Candelaria

ORLANDO MIGUEL DE LA HOZ GARCIA

EDIL PONENTE

DAGOBERTO RODRIGUEZ MARTINEZ

EDIL PONENTE

Sancionó hoy 28 de Junio de 2019

MANUEL CALDERÓN RAMÍREZ

Alcalde Local de la Candelaria

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