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Resolución Reglamentaria 020 de 2019

Resolución Reglamentaria 020 de 2019 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
020
Año
2019
Fecha
31 de mayo de 2019
Entidad
Contraloría de Bogotá D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 020 DE 2019

**(Mayo 31)

**[Derogada por el art. 5º, Resolución Reglamentaria 030 DE 2020.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104209#5)

_Por medio de la cual se adopta el Procedimiento para la Atención a la Auditoría Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C._

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el Acuerdo 658 de 2016, modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá D.C. y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los literales [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#4.b)) y [l](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#4.l)) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993, “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el Decreto [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) del 19 de abril de 2017, modificatorio del Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, “Único Reglamentario del Sector Función Pública, en su Artículo [2.2.21.5.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.21.5.3), establece: “que las Oficinas de Control Interno o quien haga sus veces, desarrollarán su labor a través de roles entre ellos, la relación con entes externos de control.

Que el Decreto [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 11 de septiembre de 2017, modificó el Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, en su artículo [2.2.23.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.23.2), que establece la actualización del MECI, se efectuará a través del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG, el cual será de obligatorio cumplimiento para las entidades y organismos a que hace referencia el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#5) de la Ley 87 de 1993.

Que el Modelo Estándar de Control Interno-MECI, fue actualizado en la Contraloría de Bogotá D.C., mediante Resolución Reglamentaria 038 de octubre 8 de 2018, de conformidad con el ejercicio del rol de evaluación y seguimiento, incorporando como componente las actividades de monitoreo, a través de las auditorías internas y los Planes de Mejoramiento, como aspectos que permiten valorar en forma permanente la efectividad del Control Interno en la entidad, así como la eficiencia, eficacia y efectividad de los procesos, entre otros aspectos, con el propósito de detectar desviaciones, establecer tendencias y generar recomendaciones para orientar las acciones de mejoramiento de la organización.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. [034](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76729) de 21 de noviembre de 2017, fueron adoptados los procedimientos que conforman el Proceso de Evaluación y Mejora, entre ellos el Procedimiento Relación con Entes Externos y de Control.

Que teniendo en cuenta el concepto de mejora, es necesario ajustar el nombre del procedimiento “Relación con Entes Externos y de Control”, y actualizarlo, con el fin de incorporar los cambios normativos en comento, así como los derivados del Cuadro de Caracterización Documental y la Tabla de Retención Documental de la entidad, de conformidad con los lineamientos establecidos en la dimensión 7ª “Control Interno” del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, versión 2 del Departamento Administrativo de la Función Pública.

RESUELVE:

Artículo primero.

Adoptar el siguiente procedimiento del Proceso Evaluación y Mejora, el cual reemplaza el Procedimiento Relación con Entes Externos y de Control: | No. | Nombre del Procedimiento | Código | **Versión ---|---|---|--- 1 | Procedimiento para la Atención de la Auditoría Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C. | PEM-05 | 7.0

Artículo segundo.

Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por la divulgación y cumplimiento del procedimiento adoptado.

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución Reglamentaria rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84386) y deroga el numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76729#4) del artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 034 de 2017 y demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 31 día del mes de mayo del año 2019.

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

Contralor de Bogotá D.C

NOTA: Ver Anexo.

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