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DECRETO 1322 de 1994

Por el cual se convoca al honorable Congreso de la Republica a sesiones extraordinarias.

Tipo
DECRETO
Número
1322
Año
1994
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial, de las que le confiere el tercer inciso del artículo 138 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 1178 de 1994 el Gobierno Nacional decretó el estado de emergencia por razón de grave calamidad pública por el término de quince días calendario;

Que de conformidad con el artículo 215 de la Constitución Política si al declarar el estado de emergencia el Congreso no se hallare reunido, el Gobierno debe convocarlo para los diez días siguientes al vencimiento del término de la emergencia para que examine el informe del Gobierno;

Que en la fecha de declaratoria de la emergencia el Congreso de la República estaba reunido;

Que el 20 de junio del presente ano, esto es antes del vencimiento del término del estado de emergencia, concluyó el período de sesiones ordinarias del Congreso;

Que por lo anterior el Gobierno considera necesario convocar al honorable Congreso de la República para que pueda examinar el informe que debe presentar el Gobierno y pronunciarse sobre la conveniencia y oportunidad de las medidas adoptadas en desarrollo de la misma,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Convocar al honorable Congreso de la República a sesiones extraordinarias, a partir del 30 de junio con el objeto de que examine, hasta por un lapso de treinta días, prorrogables, el informe que debe presentar el Gobierno de conformidad con el artículo 215 de la Carta, y se pronuncie sobre la conveniencia y oportunidad de las medidas adoptadas.

Artículo 2.

ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 27 de junio de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Gobierno, Fabio Villegas Ramírez.

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