Concepto 2202018888 de 2020
Concepto 2202018888 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Política Jurídica
- Tipo
- Concepto
- Número
- 2202018888
- Año
- 2020
- Fecha
- 11 de noviembre de 2020
- Entidad
- Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Política Jurídica
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CONCEPTO 2202018888 DE 2020
(Noviembre 11) Doctora JULIA REY BONILLA Subgerente Jurídica. [julia.rey@transmilenio.gov.co](mailto:julia.rey@transmilenio.gov.co) [radicacion@transmilenio.gov.co](mailto:radicacion@transmilenio.gov.co) Transmilenio S.A. Avenida Eldorado N° 69-76 Ciudad
Asunto: Concepto sobre la vigencia de la Directiva[4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92743)del 26 de abril de 2020,_"Instrucciones para el debido control y seguimiento de las disposiciones derivadas de la declaratoria de Emergencia Sanitaria por parte del Ministerio de Salud y Protección Social y lo dispuesto en el Decreto Nacional 593 de 2020: "Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público."_. Radicación: 1-2020-15579.
Radicado: 2-2020-18888 Respetada Doctora Bonilla: Esta Dirección recibió la comunicación del asunto, mediante la cual solicita concepto sobre la vigencia de la Directiva [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92743) del 26 de abril de 2020 de la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. Al respecto, el numeral [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88487#10.n.13) del artículo 10 del Decreto Distrital 798 de 2019[1] que modificó el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674#12) del Decreto Distrital 323 de 2016[2] señala dentro de las funciones de la Dirección Distrital de Política Jurídica la de: _"Analizar y determinar la vigencia de decretos, resoluciones, directivas y circulares expedidos por el Alcalde Mayor, conforme al procedimiento que la Secretaría Juridica Distrital determine."_ En este orden de ideas, los artículos [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97387#4) y [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97387#5) del Decreto Distrital 207 del 21 de septiembre de 2020[3] tratan de las medidas de bioseguridad para los habitantes de Bogotá, D.C., y los titulares de actividades económicas, así como del registro de las empresas y establecimientos que inicien las actividades autorizadas por el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97387#2) del citado decreto. Y el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97705#4) del Decreto Distrital 216 del 30 de septiembre de 2020[4] señala: _"OCUPACIÓN SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PÚBLICO - SITP. Con el fin de garantizar la correcta prestación del servicio público de transporte de pasajeros en sus diferentes componentes, se autoriza la ocupación del Sistema en un 50% en promedio. El esquema operacional cumplirá las medidas de bioseguridad que se dicten por parte de las autoridades competentes en el distrito._ __ _Parágrafo.__Está medida será revisada y ajustada en función de los avances o fases de la emergencia sanitaria por Coronavirus COVID-19, en los términos previstos en la Resolución 1537 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social o la norma que la modifique o sustituya."._ Y el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100566#1) del Decreto Distrital 240 del 31 de octubre de 2020[5] dio continuidad a las medidas establecidas en los Decretos Distritales [207](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97387) y [216](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97705) de 2020 hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de diciembre de 2020, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nacional 1408 de 2020. En consecuencia, esta Dirección concluye que la Directiva [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92743) de 2020 de la Alcaldesa Mayor se encuentra derogada por los artículos [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97387#4) y [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97387#5) del Decreto Distrital 207 de 2020 y por el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97705#4) del Decreto Distrital 216 de 2020, y además porque el Decreto Nacional [593](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92420) del 20 de abril de 2020[6] que fue el fundamento de la Directiva [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92743) de 2020 fue derogado expresamente por el Decreto Nacional 636 de 2020[7]. Por lo anterior, resulta pertinente que la Secretaría Distrital de Movilidad, como autoridad de tránsito y transporte, se pronuncie sobre la necesidad o no de actualizar los temas que trataba la citada Directiva, de conformidad con el numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81463#2.n.2) del artículo 2 y el numeral [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81463#34.n.8) del artículo 34 del Decreto Distrital 672 de 2018[8]. De esta manera se da respuesta a su solicitud. Atentamente, SERGIO PINILLOS CABRALES
Director Distrital de Política Jurídica C.C. Dra. Claudia Montoya Campos. Directora de Normatividad y Conceptos de la Secretaría Distrital de Movilidad. Calle 13 N° 37 -35. Proyectó: Elvira Liliana Hernández Libreros Revisó: Sergio Pinillos Cabrales - Director Distrital de Política Juridica NOTA: Ver concepto original en Anexos.
NOTAS DE PIE DE PÁGINA:
* * * [1] "Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto Distrital 323 de 2016 y se dictan otras disposiciones.". [2] "Por medio del cual se establece la estructura organizacional de la Secretaria Juridica Distrital, y se dictan otras disposiciones.". [3] "Por medio del cual se imparten las instrucciones necesarias para preservar el orden público, dar continuidad a la reactivación económica y social de Bogotá D.C., y mitigar el impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19) en el periodo transitorio de nueva realidad.". [4] "Por medio del cual se da continuidad a las medidas previstas en el Decreto Distrital 207 de 2020 'Por medio del cual se imparten las instrucciones necesarias para preservar el orden público, dar continuidad a la reactivación económica y social de Bogotá D.C., y mitigar el Impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19) en el periodo transitorio de nueva realidad y se dictan otras disposiciones.". [5] "Por medio del cual se da continuidad a las medidas previstas en los Decretos Distritales 207 y 216 de 2020, para preservar el orden público, dar continuidad a la reactivación económica y social de Bogotá D.C. y mitigar el impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19) en el periodo transitorio de nueva realidad.". [6] "Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público." [7] "Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público.". [8] "Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Movilidad y se dictan otras disposiciones.".
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