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Acuerdo Local 032 de 2020

Acuerdo Local 032 de 2020 Junta Administradora Local de la Candelaria

Tipo
Acuerdo Local
Número
032
Año
2020
Fecha
15 de diciembre de 2020
Entidad
Junta Administradora Local de la Candelaria
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO LOCAL 032 DE 2020

(Diciembre 15)

_Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021_

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA CANDELARIA

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; numeral 4 del artículo 69 del Decreto –Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y el artículo 17 del Decreto N° 372 del 30 de Agosto de 2010.

CONSIDERANDO:

Que la Alcaldesa Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el Artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#15)º del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación SHD 2020EE187706O1 del 30 de octubre de 2020, comunicó la cuota de asignación por un monto de ONCE MIL NOVECIENTOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL PESOS MCTE ($11.905.313.000,00) Que la Alcaldesa Local de La Candelaria, estima que al cierre de la vigencia fiscal 2020, la disponibilidad de recursos en Tesorería será de DIECISIETE MIL VEINTICINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL PESOS MCTE ($17.025.157.000,00), respaldando las obligaciones por pagar al 31 de diciembre de 2020.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS – en su reunión número 22 del 26 de noviembre de 2020, emitió concepto favorable al Proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, el cual asciende a la suma de VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS M/CTE ($29.900.470.000,00), para la vigencia fiscal de 2021.

Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, previo concepto favorable del CONFIS.

Que en mérito de lo expuesto.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Expedir el presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma de VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS M/CTE ($29.900.470.000,00), conforme al siguiente detalle:

ARTÍCULO SEGUNDO: Expedir el presupuesto de Gastos e Inversiones del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma de VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS M/CTE ($29.900.470.000,00), conforme al siguiente detalle: ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103705) y surte efecto fiscal a partir del primero (1º.) de Enero de dos mil veintiuno (2021). Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2020.

JUAN CAMILO CASTELLANOS MEDINA

Presidente J.A.L

ISABEL CRISTINA BULLA RODRÍGUEZ

Secretaria J.A.L.

La Alcaldesa Local de La Candelaria, sanciona a los veintiún (21) días del mes de diciembre de dos mil veinte (2020) el presente Acuerdo.

ÁNGELA MARÍA QUIROGA CASTRO

Alcaldesa Local de La Candelaria

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