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DECRETO 1253 de 1991

por el cual se subroga el artículo primero del Decreto 1211 de 10 de mayo de 1991.

Tipo
DECRETO
Número
1253
Año
1991
Entidad
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades y en especial de las que le confiere la Ley 54 de 1987,

DECRETA:

Artículo 1.

ş Subrogar el artículo primero del Decreto 1211 del 10 de mayo de 1991, el cual quedara así:

De conformidad con el artículo 6ş de la Ley 54 de 1987, convócase el Consejo Nacional Laboral el próximo 21 de mayo de 1991, con el objeto de que designe la Comisión que debe estudiar el régimen de inversiones de Fondos de Cesantía que le presente la Comisión Nacional de Valores, conforme lo ordenado por el artículo 101 de la Ley 50 de 1990.

Afecta la vigencia de: Subroga Artículo 1 DECRETO 1211 de 1991

Artículo 2.

ş El presente Decreto rige a partir de su publicación. Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de mayo de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Posada De La Peńa.

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