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CIRCULAR 8 de 2023

Incremento del contingente de exportación de azúcar sin refinar y panela de la Organización Mundial de Comercio (OMC) a Estados Unidos 2023-2024

Tipo
CIRCULAR
Número
8
Año
2023
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Para su conocimiento y aplicación se informa que el Gobierno de Estados Unidos incrementó el cupo de azúcar sin refinar y panela en el marco de la Organización Mundial de Comercio (OMC), en ocho mil setecientas tres (8.703) toneladas métricas, así:

La asignación del incremento de cupo se realizará entre usuarios históricos y usuarios nuevos de acuerdo a los porcentajes establecidos en las secciones “2. Lineamientos asignación subpartida arancelaria 1701.13.00.00 (10%)” y “3. Lineamientos asignación subpartida arancelaria 1701.14.00.00 (90%)” de la Circular 07 de 2023. Para estos efectos se aplicará lo previsto en las secciones “
4. Solicitud de asignación” y “5. Asignación de cupo” de la citada circular, así:

Especificaciones del contingente:

La asignación del cupo está sujeta a la disminución correspondiente del factor de polarización de 1.0456330, establecido por el Gobierno de Estados Unidos.

La solicitud de asignación de incremento de cupo de exportación se realizará entre el 5 y el 11 de diciembre 2023, para lo cual el solicitante deberá ingresar con su usuario y contraseña al Módulo Contingentes de Exportación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) “www.vuce.gov.co”. Los productores y exportadores interesados en acceder al contingente deberán tener en cuenta los siguientes lineamientos: a) En la Sección “Cupos”, opción “Nueva Solicitud”, seleccionar “CONTINGENTE OMC-EE.UU. 2023-2024” y dar clic en “Solicitar cupo”. b) Seleccionar la subpartida arancelaria. c) Digitar la cantidad en toneladas métricas a solicitar. d) Adjuntar el Certificado de acuerdo al contingente a solicitar (panela y azúcar), si aplica, teniendo en cuenta lo establecido en la Circular 07 de 2023. e) Firmar digitalmente la solicitud.

El 14 de diciembre de 2023 se publicarán en la página web de la VUCE www.vuce. gov.co las toneladas asignadas a cada empresa por subpartida arancelaria y categoría (productor y exportador). Así mismo, se incluirá la información de la producción certificada por FEDEPANELA y FEPA.

El Grupo Diseño de Operaciones de Comercio Exterior de la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones podrá consultar la información requerida a través del Registro Único Empresarial (RUES).

El solicitante que no cumpla con los lineamientos anteriormente señalados no podrá participar en ninguna de las asignaciones, incrementos de cupo y devoluciones voluntarias del contingente. Se precisa que los demás aspectos contemplados en la Circular 07 de 2023 se deberán tener en cuenta en el uso del contingente.

La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Cordialmente, Eloísa Fernández de Deluque.

(C. F.).

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