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DECRETO 1246 de 1994

por el cual se deroga el articulo 1º del Decreto 1192 de 1994.

Tipo
DECRETO
Número
1246
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere los numerales 4ş y 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Derógase el artículo 1ş del Decreto 1192 del 10 de junio de 1994, por el cual se modificó el inciso primero del artículo 3ş del Decreto 864 e 1994.

Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 1 DECRETO 1192 de 1994

Artículo 2.

ş. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 19 de junio de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Gobierno, Fabio Villegas Ramírez.

El Ministro de Defensa Nacional, Rafael Pardo Rueda.

El Ministro de Comunicaciones, William Jaramillo Gómez.

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