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DECRETO 1245 de 1993

por el cual se aprueba el Acuerdo número 08 del 5 de marzo de 1993 expedido por la Junta Liquidadora de la Zona Franca Industrial y Comercial de Palmaseca en Liquidación.

Tipo
DECRETO
Número
1245
Año
1993
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1°.

Aprobar el Acuerdo número 08 del 5 de marzo de 1993, por medio del cual se suprimen varios cargos de la planta de personal de la Zona Franca Industrial y Comercial de Palmaseca en Liquidación, dentro del proceso de liquidación de la misma, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 08 DE 1993 "por medio del cual se suprimen unos cargos de la Planta de Personal vigente aprobada en el Acuerdo número 13 de 1978".

La Junta Directiva del Establecimiento Público Operador de la Zona Franca Industrial y Comercial de "Palmaseca" en Liquidación, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias y en especial las conferidas por el Decreto 2111 de 1992,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 2111 de diciembre 29 de 1992 se suprimió y entró en proceso de liquidación el Establecimiento Público Operador de la Zona Franca Industrial y Comercial de Palmaseca;

Que el artículo 5° del Decreto 2111 de 1992, autorizó reducir progresivamente y según las necesidades, durante el período de liquidación de la entidad, la Planta de Personal;

Que el artículo 10 del Decreto 2111 de 1992, autorizó a la Junta Directiva de la Entidad para suprimir los empleos o cargos vacantes y los desempeńados por Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales, cuando ellos no fueren necesarios en la Planta de Personal, como consecuencia del Proceso de Liquidación;

Que el artículo 11 del Decreto 2111 de 1992, ordenó que la supresión de empleos o cargos se cumpla de acuerdo con el programa que apruebe la Junta Directiva,

ACUERDA:

Artículo 1° Suprimir los cargos vacantes existentes y los determinados de acuerdo al programa de liquidación, basado en el Decreto 2111 del 29 de diciembre de 1992, según la siguiente discriminación:

EMPLEADOS PUBLICOS Dependencia y denominación del empleo N° cargos Código Grado Gerencia Secretario 1 5040 15 Oficina de Estudios Económicos.

Profesional Universitario 1 3020 03 Secretario 1 5140 08 Oficina Auditoria Interna.

Jefe de Oficina 1 2045 07 Secretario 1 5140 06 Subgerencia de Operaciones.

Secretario 1 5140 08 División de Trámite y Control.

Profesional Universitario 1 3020 03 Secretario 1 5140 06 División de Servicios Operativos.

Jefe de División 1 2040 07 Profesional Universitario 2 3020 03 Supervisor 7 5105 12 Ayudante de Oficina 4 5155 07 Secretarias 2 5140 06 Celador 31 6020 03 División Desarrollo Físico.

Jefe de División 1 2040 07 Secretario 1 5140 06 Supervisor 2 5140 12 Subgerencia Administrativa.

Subdirector General Establecimiento público 1 0040 04 Secretario 1 5140 08 División de Relaciones Industriales Profesional Universitario 1 3020 03 Secretario 1 5140 06 División de Servicios Administrativos.

Ayudante de Oficina 1 5155 07 Ayudante de Oficina 1 5155 05 División Financiera.

Secretario 1 5140 08 Sección Contabilidad.

Auxiliar Administrativo 1 5120 09 Ayudante de Oficina 1 5155 07 Sección de Tesorería.

Tesorero 1 5015 20 Sección Cartera.

Profesional Universitario 1 3020 04 Subgerencia de Promoción.

Subdirector General 1 0040 04 Total cargos suprimido Empleados públicos 71 TRABAJADORES OFICIALES Subgerencia de Operaciones.

Chofer Mecánico 1 División Servicios Operativos.

Auxiliar Administrativo 1 Auxiliar Servicios Generales 2 Operario 1 Auxiliar Servicios Generales 7 Operario 12 División Servicios Operativos.

Chofer Mecánico 1 División Desarrollo Físico.

Operarios 10 Subgerencia Administrativa.

Chofer Mecánico 1 División Servicios Administrativos.

Auxiliar de Servicios Generales 5 Chofer Mecánico 3 Total cargos suprimidos Trabajadores Oficiales 44 Artículo 2° El presente Acuerdo, es aprobado por parte de la honorable Junta Directiva Liquidadora, en su sesión del día cinco (5) de marzo de mil novecientos noventa y tres (1993), que rige a partir del 15 de abril de 1993.

El Presidente, (Fdo.) Eduardo Muńoz Gómez.

La Secretaria, (Fdo.) Patricia Cerón Cedeńo".

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 30 de junio de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Comercio Exterior, Juan Manuel Santos C.

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