DECRETO 1240 de 2003
por el cual se delegan unas funciones constitucionales
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1240
- Año
- 2003
- Entidad
- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará entre los días 22 y 24 de mayo de 2003, a la ciudad de Cuzco, República del Perú, con el fin de asistir a la XVII Cumbre de Jefes de Estado del Grupo de Río; continuando el día 25 de mayo de 2003 a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, a la Transmisión de Mando Presidencial del seńor Néstor Kirchner;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Justicia y del Derecho, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1ş. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Fernando Londońo Hoyos, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314.
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2003.
ALVARO URIBE VELEZ
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