Jurismart

DECRETO 1235 de 2014

por medio del cual se modifica el numeral 2 del Decreto 801 del 23 de abril de 2014.

Tipo
DECRETO
Número
1235
Año
2014
Entidad
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas en el artículo 189, numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 801 del 23 de abril de 2014, se designó como Director (Comisario General) para la participación en la exposición internacional Expo Milán 2015, al doctor Juan Pablo Cavelier.

Que en el artículo 2° del citado decreto, se indicó que los viáticos y pasajes que ocasionara el cumplimiento de las funciones del Comisario General para Expo Milán 2015, se pagarían con cargo al presupuesto del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que en atención a que en el presupuesto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, existe una partida para la atención de dichos gastos, se hace necesaria la modificación del decreto enunciado, con el fin de los emolumentos ocasionados por el cumplimiento de las funciones del Comisario General para Expo Milán 2015, sean cancelados con dicho presupuesto.

Que por lo expuesto, se,

DECRETA:

Artículo 1°.

Modifícase el artículo 2° del Decreto 801 del 23 de abril de 2014, el cual quedará así:

“Artículo 2°. Los viáticos y pasajes que ocasione el cumplimiento de las funciones del Comisario General para Expo Milán 2015, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo”.

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de julio de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN La Ministra de Relaciones Exteriores, María Ángela Holguín Cuéllar.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Santiago Rojas Arroyo.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar