Concepto 100208221629 de 2020
Concepto 100208221629 de 2020 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
- Tipo
- Concepto
- Número
- 100208221629
- Año
- 2020
- Fecha
- 2 de junio de 2020
- Entidad
- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CONCEPTO 100208221-629 DE 2020
(Junio 02) Subdireción de Gestión Normativa y Doctrina 100208221-629 Bogotá, D.C., Señores CONTRIBUYENTES Y USUARIOS ADUANEROS Descriptor: Reanudación de términos suspendidos Fuentes formales: Resolución número [030](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93321) de 2020 y sus resoluciones modificatorias. Resolución número [055](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93660) de 2020. De conformidad con el artículo 20 del Decreto número 4048 de 2008, este despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades. Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta: _“¿Cómo debe realizarse la contabilización de los días a los que se refiere el parágrafo primero del artículo 8 de la resolución 0030 del 29 de marzo de 2020?”_. Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes: Se deberá tener en cuenta si los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa se contabilizan en (i) días (calendarios o hábiles), (ii) meses o (iii) años, y atender a las disposiciones consagradas en el artículo [62](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8426#62) de la Ley 4ª de 1913 sobre el Régimen Político y Municipal. Nótese que el parágrafo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93321#8) del artículo 8° de la Resolución número 030 de 2020 establece que _“los términos suspendidos empezarán a correr nuevamente,_teniendo_ _en cuenta los días que al momento de la suspensión hacían falta para cumplir con las_ _obligaciones correspondientes_, incluidos aquellos establecidos en meses o años”_. Si el cumplimiento de la actuación o de la obligación está dada en días hábiles, se calcularán cuantos días hábiles hacen falta para que se cumpla el término o el plazo. Así las cosas, bajo el escenario que falten días para culminar el término, estos se deberán contabilizar en días hábiles, en virtud del artículo [62](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8426#62) de la Ley 4ª de 1913 sobre el Régimen Político y Municipal. Si el cumplimiento de la actuación o de la obligación está dada en días calendario, meses o años, se calcularán cuantos días calendario hacen falta para que se cumpla el término o el plazo. A partir del día en que se levante la suspensión de los términos, estos se reanudarán por el equivalente a la cantidad de días hábiles o días calendario, según el caso, que le quedaban para cumplir la actuación o la obligación. No obstante, para todos los efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo [62](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8426#62) del Código de Régimen Político y Municipal. Para finalizar se precisa que la Resolución número 055 de 2020, en su artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93660#1), dispuso el levantamiento de la suspensión de términos en la DIAN a partir del 2 de junio del 2020, así: __ _“Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución, levantar a partir del dos (2) de junio de 2020 la suspensión de los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa de que trata el artículo 8º de la resolución 000030 del 29 de marzo de 2020, y sus modificaciones”._ En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el ícono de _“Normatividad”_ – _”técnica”_ –, dando click en el link _“Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”_. Atentamente, El Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina,
PABLO EMILIO MENDOZA VELILLA, __ Dirección de Gestión Jurídica.
#
UAE-DIAN
**Bogotá, D.C. (C. F.).
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Concepto 7599 de 2026
CONCEPTO 7599 DE 2026 (Julio) Bogotá, D.C., julio de 2026. Honorables Magistrados CORTE CONSTITUCIONAL M.P. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Ciudad Expediente: D-…
-
Concepto 7180 de 2023
[1] "Artículo 278. El Procurador General de la Nación ejercerá directamente las siguientes funciones: (…) 5. Rendir concepto en los procesos de control de cons…
-
Concepto 1498 de 2021
MEMORANDO Referencia: OAJ 1200 PARA: ARMANDO CALDERÓN LOAIZA Subdirector de Informática y Sistemas DE: ANGIE JOHANNA REYES TOVAR Jefe Oficina Asesora Jurídica …
-
Concepto 220206904 de 2020
CONCEPTO 220206904 DE 2020 Señor: JAIRO FRANCISCO RODRÍGUEZ POTES Carrera 3 A No. 60-41 Barrio Chapinero Alto Ciudad Asunto: Respuesta a solicitud de concepto …
-
Concepto 3202028621 de 2020
En razón a los efectos generados por la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud producto de la propagación del virus denominado Covid-19, se…