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DECRETO 1218 de 1994

Por el cual se modifica el Decreto 1214 de 1994

Tipo
DECRETO
Número
1218
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Modifícase el artículo 2o. del Decreto 1214 de 1994, en el sentido de que los delegados designados para los Departamentos de Antioquia, Arauca, Boyacá, Chocó, Guainía, Guaviare, La Guajira, Magdalena, Narińo, Quindío, Risaralda, Santander y Vaupés quedarán como a continuación se indica:

Antioquia: Jorge Ramírez Ocampo, Alfonso Yusenid Rodríguez Velandia.

Arauca: Hernando Monroy Valencia, Julián Pertuz Barrera.

Boyacá: Humberto Avila Mora, Carlos Eduardo Vargas Rubiano.

Chocó: Ismael Roldán Valencia, Hennando Enciso Osorio.

Guainía: Luciano Pabón Cardona, Luis Alberto García Castellanos.

Guaviare: Carlos Arturo Arias Hennández, Freddy Preciado Cárdenas.

La Guajira: Eugenio Marulanda Gómez, César Esmeral Barros.

Magdalena: Juan Sebastián Betancourt Escobar, Cecilia López Montańo.

Narińo: Eduardo del Hierro Santacruz, Laureano Alberto Arellano Rodríguez.

Quindío: Oscar Rueda García, Jaime Lopera Gutiérrez.

Risaralda: Javier Fennández Rivas, Miguel Merino Gordillo.

Santander: Jorge Visbal Martel, Alfonso Valdivieso Sarmiento.

Vaupés: Harold León Bentley, Servando Sánchez Cardozo.

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 1214 de 1994

Artículo 2.

ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los 17 días del mes de junio de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Gobierno, Fabio Villegas Ramírez.

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