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Resolución Reglamentaria 010 de 2020

Resolución Reglamentaria 010 de 2020 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
010
Año
2020
Fecha
7 de mayo de 2020
Entidad
Contraloría de Bogotá D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 010 DE 2020

(Mayo 07)

_Por la cual se elimina el Procedimiento para la Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo del Proceso de Gestión Documental de la Contraloría de Bogotá, D. C._

LA CONTRALORA DE BOGOTÁ, D.C. ( E )

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo N° 658 de 2016, modificado por el Acuerdo N° 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo [269](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#269) de la Constitución Política de Colombia, es obligación de las autoridades públicas diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

Que según los literales [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#4.l.b)) y [l](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#4.l.l)) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional los procedimientos para la ejecución de procesos y la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que mediante Resolución Reglamentaria N° 038 del 08 de octubre de 2018, se adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno - MECI, en la Contraloría de Bogotá, D.C., de conformidad con lo establecido en el Decreto [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) del 2017, modificatorio del Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública-, con el fin de incorporar la estructura definida en la Dimensión N° 7ª - Control Interno del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, la cual opera como herramienta de gestión que propende por el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control en la Entidad.

Que el Acuerdo 658 de 2016, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., establece en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#6)° que: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y en este Acuerdo”.

Que mediante Resolución Reglamentaria N° [041](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=74823) de diciembre 28 de 2017, se adoptó la versión 2.0 del PGD-09 Procedimiento para la Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo, el cual requiere ser eliminado, puesto que antes de existir esta reglamentación se requiere la adquisición del SGDEA – Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo, por ahora se tendrá el Modelo de Requisitos Técnicos y Funcionales para el SGDEA de la Contraloría de Bogotá, aprobado en el Comité Interno de Archivo, según Acta N° 02 del 6-Nov-2019.

RESUELVE:

Artículo primero.

Eliminar el Procedimiento para la Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo PGD-09, versión 2.0 del Proceso Gestión Documental de la Contraloría de Bogotá, D.C. ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92922) y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el numeral [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=74823#3.n.7) del artículo 3° de la Resolución Reglamentaria No. 041 de 2017. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de mayo del año 2020.

MARÍA ANAYME BARÓN DURÁN

Contralora de Bogotá, D.C. ( e )

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