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Concepto 2202119682 de 2021

Concepto 2202119682 de 2021 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Política Jurídica

Tipo
Concepto
Número
2202119682
Año
2021
Fecha
4 de octubre de 2021
Entidad
Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Política Jurídica
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CONCEPTO 2202119682 DE 2021

(Octubre 04) Bogotá D.C.

Señor(a): ANDRES MAURICIO CASTRO Dirección Electrónica: castro9406@hotmail.com BOGOTÁ, D.C. -

Asunto: RESPUESTA A SU PETICIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE LA VIGENCIA DEL DECRETO[1561](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116218)DE 1979 Y DEL ACUERDO DISTRITAL[11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=508)DE 1988

Referenciado: 1-2021-17685,3-2021-7137

Radicado: 2-2021-19682 Respetado(a) Señor(a): En atención a su solicitud, correspondiente a la vigencia del Decreto Distrital [1561](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116218) del 29 de agosto de 1979, se advierte que de conformidad con lo dispuesto en el numeral [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674#12.n.13) del artículo 12 del Decreto Distrital 323 de 2016[1], modificado por el Decreto Distrital [798](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88487) de 2019, corresponde a la Secretaría Jurídica Distrital a través de la Dirección Distrital de Política Jurídica _"Analizar y determinar la vigencia de decreto, resoluciones, directivas y circulares expedidas por el Alcalde Mayor conforme al procedimiento que la Secretaría Jurídica Distrital determine"_, que está reglado en el artículo [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81071#2) de la Resolución 088 de 2018[2] expedida por la Secretaría Jurídica Distrital. En consecuencia, se procede a absolver la consulta planteada en los siguientes términos: Sobre la vigencia del Decreto Distrital [1561](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116218) del 29 de agosto de 1979 se profirió la comunicación No. 2-2021-15887 del 13 de agosto de 2021, la cual me permito adjuntar al presente oficio, en el que se señala que el Decreto Distrital [1561](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116218) del 29 de agosto de 1979 no se encuentra vigente en razón a que fue derogado tácitamente por el artículo [28](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=926#28) del Acuerdo Distrital 11 de 1988, modificado por el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3055#2) del Acuerdo Distrital 9 de 1992 y las leyes [322](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=350) de 1996, [1575](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48943) de 2012 y [1796](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67884) de 2016, normas posteriores y de mayor jerarquía dentro del ordenamiento que el Decreto de orden Distrital objeto de análisis. Sobre la vigencia normativa del artículo [28](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=508#28) del Acuerdo 11 de 1988 expedido por el Concejo de Bogotá D.C., se advierte que la Secretaría Jurídica Distrital y particularmente esta Dirección no tiene la competencia para realizar el análisis de vigencia solicitado, en el entendido que si bien el Acuerdo fue sancionado por el Alcalde Mayor, la aprobación se encuentra a cargo de dicha Corporación. Por lo anterior, y de conformidad con los artículos [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49422#1) y [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49422#10) del Acuerdo Distrital 492 de 2012 es función de la Dirección Jurídica definir criterios y lineamientos jurídicos para la expedición de conceptos que deba expedir el Concejo de Bogotá de acuerdo a la normatividad vigente; así como conceptuar sobre los asuntos jurídicos que se sometan a su consideración; razón por la cual su petición se trasladará para el análisis correspondiente. Se advierte que revisado el Sistema de Información Régimen Legal de Bogotá, el Acuerdo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=508) de 1988[3], fue modificado parcialmente por el Acuerdo Distrital [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3055) de 1992. Atentamente, ZULMA ROJAS SUAREZ DIRECTOR TÉCNICO

Copia: CONCEJO DE BOGOTA - CARLOS JULIO PIEDRA ZAMORA - direccionjuridica@concejobogota.gov.co CONCEJO DISTRITAL DE BOGOTA - NEIL JAVIER VANEGAS PALACIO - secretariageneral@concejobogota.gov.co Proyectó: JOAN SEBASTIAN FLECHAS ALONSO Revisó: Aprobó: ZULMA ROJAS SUAREZ

Nota: ver norma original en Anexos

NOTAS DE PIE DE PAGINA:

* * * [1] “Por medio del cual se establece la estructura organizacional de la Secretaría Jurídica Distrital, y se dictan otras disposiciones”. [2] “Por la cual se expiden los lineamientos para la revisión y trámite de los proyectos de actos administrativos y demás documentos que debe suscribir, sancionar y/o expedir el Alcalde Mayor; así como el procedimiento para determinar la vigencia de los decretos, resoluciones, directivas y circulares del Alcalde Mayor”. [3] 3 El Acuerdo puede ser consultado en el Sistema de Información Régimen legal o en el siguiente enlace:

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