DECRETO 1186 de 2010
por el cual se adiciona el artículo 4° del Decreto 2699 de 2007 modificado parcialmente por el Decreto 3511 de 2009.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1186
- Año
- 2010
- Entidad
- MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 154, 159, 170, 178, 179, 180, 183, 184, 201 y 222 de la Ley 100 de 1993 y los artículos 13, 14, 19, 25 y 32 de la Ley 1122 de 2007,
DECRETA:
Artículo 1.
°. Adiciónase el artículo 4° del Decreto 2699 de 2007 con un parágrafo, el cual quedará así:
"Parágrafo: Las EPS o EOC a las cuales se distribuyan recursos desde la Cuenta de Alto Costo podrán determinar los montos a su favor que se girarán a terceros con los cuales tengan una relación contractual, crediticia o bajo cualquier otro título legalmente válido que le haya servido en la financiación de obligaciones".
Afecta la vigencia de: Adiciona parcialmente (Parágrafo ) Artículo 4 DECRETO 2699 de 2007
Artículo 2°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial y adiciona el artículo 4° del Decreto 2699 de 2007.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de abril de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Óscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.
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