Jurismart

Acuerdo Local 114 de 2021

Acuerdo Local 114 de 2021 Junta Administradora Local de San Cristóbal

Tipo
Acuerdo Local
Número
114
Año
2021
Fecha
13 de diciembre de 2021
Entidad
Junta Administradora Local de San Cristóbal
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**ACUERDO LOCAL 114 DE 2021 (Diciembre 13)

__

_Por medio del cual se crea La Mesa Local de Comunicación Comunitaria Alternativa e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal, se establece su conformación, funcionamiento, líneas de acción de la política pública y acciones afirmativas y se dictan otras disposiciones_

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, establecidas en los artículos 7,8 y 13 de la Constitución Política Nacional de Colombia, y en especial la conferida por el Decreto-Ley 1421 en su Artículo 69 que faculta a esta corporación y el acuerdo local 080/2017 reglamento interno de la JAL DE SAN CRISTÓBAL.

CONSIDERANDO:

Que en mérito de lo expuesto en, lá declaración universal de los Derechos Humanos en su Artículo 19 el pacto internacional. de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19 la convención americana sobre Derechos Humanos pacto de (San de José) en su artículo 13, la declaración “sobre Derecho al desarrollo en su Artículo 2, y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre en su capítulo IV, son en el marco normativo Internacional qué establece el derecho a la libre expresión, la libertad de pensamiento, opinión Y, el derecho al desarrollo y a la participación activa. ACUERDO DISTRITAL[292](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27593)DE 2007 “Por medio del cual se establecen lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento y se dictan otras disposiciones.” DECRETO NO.[149](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=30506)DE 2008 Por medio del cual se establece la conformación de la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria. DECRETO LOCAL[007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40327)DE 2010 Por el cual se crea y fortalece la mesa local de comunicación y medios comunitarios, alternativos y escolares, de la localidad Cuarta de San Cristóbal y se dictan otras disposiciones. DECRETO[744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356)DE 2019 Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictan otras disposiciones; en su artículo [44](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356#44): _ARTÍCULO 44.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMUNITARIOS Y ALTERNATIVOS. Los_ _órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales y las Subredes Integradas de Servicios de Salud —ESE, promoverá la democratización del acceso a los medios de comunicación comunitarios y alternativos, legalmente inscritos en el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal — IDPAC, para sus programas, proyectos y planes de divulgación, comunicación y publicaciones._ **PACTO POR LA RECONSTRUCCIÓN” y EL “FORTALECIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN COMUNITARIA Y ALTERNATIVA.

ACUERDO[761](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93649)DEL 2020** “Por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2020-2024 “un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI” Es necesario conformar 1 La Mesa Local de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad Cuarta De San Cristóbal como un espacio de participación activa e incidente que cuente con legitimidad y reconocimiento considerando la valiosa misión social que les corresponde al informar con claridad, veracidad, imparcialidad y oportunidad a la ciudadanía San Cristóbal en aras de la construcción de la opinión Pública Local.

ACUERDA:

CAPÍTULO 1 CREACIÓN, OBJETO Y PRINCIPIOS ARTÍCULO 1 DE LA CREACIÓN: Créase La Mesa Local de Comunicación Comunitaria Alternativa, e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal de carácter consultivo como una instancia de participación ciudadana activa e incidente. ARTÍCULO 2 DEL OBJETO:** Crear la Mesa Local de Comunicación Comunitaria Alternativa e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal para el seguimiento y evaluación de la política pública, como ente consultivo en las estrategias, planes y programas en materia de comunicación comunitaria y alternativa de la localidad de San Cristóbal; que cuente con legitimidad y reconocimiento considerando la valiosa misión social que les corresponde al informar con claridad, veracidad, imparcialidad y oportunidad a la ciudadanía de San Cristóbal en aras de la construcción de la opinión Pública Local.

ARTÍCULO 3 PRINCIPIOS: La Mesa Local de Comunicación Comunitaria alternativa e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal estará Orientada por los siguientes Principios: a. Dignidad Humana: Se refiere al valor fundante y constitutivo del orden jurídico y ético del Estado y sus autoridades mediante el cual se reconoce la necesidad de brindar a los seres humanos, un marco de condiciones materiales y espirituales que les permitan vivir con dignidad. b. Equidad: Hace referencia a la reducción de los factores generadores ele desigualdades que impiden el ejercicio y disfrute de los derechos. c. Diversidad: Consiste en el reconocimiento y promoción de la pluralidad, la heterogeneidad y la singularidad manifiesta en los planos étnicos, cultural. etáreo, género, orientación sexual, religiosa y política de la población. d. Solidaridad: Es la capacidad de acción articulada entre ciudadanas y ciudadanos, organizaciones e instituciones, en causas que aporten al desarrollo individual y colectivo, privilegiando a quienes se encuentren en desventaja manifiesta frente al ejercicio de sus derechos. e. Autonomía: Es el ejercicio pleno de la libertad y la promoción de la determinación individual y colectiva, reconocida y garantizada por la Administración a los actores sociales en los procesos de participación. f. Deliberación: Participación de todos y todas en igualdad de condiciones, con la garantía de acceso a la información, la formación y los recursos, que posibiliten el disenso y el consenso en la toma de decisiones, hacia la construcción de lo público. g. Incidencia: Intervención proactiva en las decisiones que afectan la gestión de las políticas públicas, a través de la cual se consiguen canalizar los aportes de la comunidad y demás actores que contribuyen al enriquecimiento y optimización de los recursos y beneficios para todas y todos en el ejercicio de la construcción colectiva y democrática de las decisiones de política pública. h. Corresponsabilidad: Es la capacidad de generar escenarios de discusión y concertación en los que los actores públicos, privados y comunitarios coadyuven al logro de los propósitos comunes y asuman la responsabilidad compartida frente al destino de la ciudad. i. Territorialidad: Se relaciona con la obligatoriedad de tener en cuenta la especificidad, las formas diferenciales de habitar, las condiciones geográficas, los lazos y construcciones identitaria como elementos sustantivos de interacción en las diferentes dimensiones espaciales del Distrito Capital. j. Titularidad y Efectividad de los Derechos: Es reconocer a los ciudadanos y ciudadanas como titulares y sujetos plenos de derechos, donde el Distrito capital adopte las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de éstos y de su restablecimiento cuando hayan sido vulnerados k. Transparencia: Visibilizar el proceso de formulación, ejecución, control y evaluación de las politicas públicas y la distribución y ejecución de los recursos destinados a éste CAPÍTULO II CLASIFICACIÓN, CONFORMACIÓN, ELECCIÓN Y PERIODO ARTÍCULO 4 DE LA CLASIFICACIÓN:** Se entenderá como medios de comunicación comunitaria y alternativa los siguientes: a) Los medios impresos (periódicos, Boletín, gaceta, revista, magazín. Periódico, Publicación Digital de la localidad con influenza local y/o regional). b) Los medios audiovisuales (Tv comunitaria, productores audiovisuales locales, Tv IP o asimilados, otros medios audiovisuales y productores de contenidos audiovisuales). c) Los medios basados en nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones (webs, portales internet, blogs, aplicativos multimedia en línea y productores de contenidos, radio en línea-internet). d) Los medios sonoros (emisoras comunitarias, programas radiales en emisoras a.m. y fm. de grupos poblacionales, organizaciones, movimientos sociales, altoparlantes, y productores de programas radiofónicos itinerantes)

Parágrafo. Se entiende como MEDIO ACTIVO todo medio de comunicación comunitario alternativo e independiente que cumpla como mínimo con el requisito de estar caracterizado ante el IDPAC o la entidad distrital que haga sus veces. ARTÍCULO 5 DE LA CONFORMACIÓN: La Mesa Local de Comunicación Comunitaria alternativa e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal estará integrada por (9) integrantes no institucionales y ocho (8) integrantes institucionales, de la siguiente manera:
NO INSTITUCIONALES: a) Dos (2) representantes de los medios impresos (periódicos, Boletín, gaceta, revista, magazín. Periódico, Publicación Digital de la localidad con influenza local y/o regional). b) Dos (2) representantes de los medios audiovisuales (Tv comunitaria, productores audiovisuales locales, Tv IP o asimilados, otros medios audiovisuales y productores de contenidos audiovisuales). c) Tres (3) representantes de los medios basados en nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones (webs, portales internet, blogs, aplicativos multimedia en línea y productores de contenidos, radio en línea internet). d) Dos (2) representantes de los medios sonoros (emisoras comunitarias, programas radiales en emisoras a.m. y fm. de grupos poblacionales, organizaciones, movimientos sociales, altoparlantes, y productores de programas radiofónicos itinerantes). INSTITUCIONALES: Alcalde Local o su delegado de prensa Representante del IDPAC. Representante Asojuntas. Representante de la Dirección Local de Educación DILE o su delegado (a). Representante local de Recreación, cultura y deporte o su delegado (a). Edil (sa) delegado de la Junta Administradora. (JAL). Representante de la Subdirección de integración Local o su Delgado (a) El personero y/o su delegado El comandante de la policía y/o su delegado PARÁGRAFO 1: El medio comunitario y alternativo, podrá participar de manera exclusiva en una sola de las cuatro (4) categorías: Impresos, Audiovisuales, Medios basados en TIC y Sonoros.

Parágrafo. 2: Los Representantes Institucionales tendrán voz más no tendrán Voto en las decisiones internas de la mesa, la asistencia de la Alcaldía local y la del IDPAC será obligatoria; la mesa podrá invitar a cualquier institución que se requiera para el desarróllo de las actividades de la mesa. En todo caso la asistencia o ausencia de los integrantes institucionales no se contará para el quorum de la mesa.

Parágrafo. 3: En representantes de los medios basados en nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones se debe garantizar el espacio a los medios que trabajan y/o tienen personas en condición de discapacidad tendrán espacio propio: sin embargo, se debe garantizar la participación del enfoque étnico, de género, poblacional y diferencial en todas las categorías ARTÍCULO 6 DE LA ELECCIÓN: Después de aprobado el presente acuerdo local la Alcaldía tendrá un (1) mes para expedir el procedimiento de convocatoria, inscripción, elección e instalación de la Mesa Local de Comunicación Comunitaria alternativa e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal.
PARAGRÁFO: En dicho procedimiento se deben contemplar como mínimo los siguientes requisitos: \- El medio de comunicación debe tener asiento en la localidad, independiente que tenga cobertura distrital o regional. \- El medio de comunicación debe estar ACTIVO y emitiendo contenido. ARTÍCULO 7 DEL PERIODO DE DURACIÓN: Los representantes de la Mesa Local de Comunicación Comunitaria, alternativa e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal tendrán representación por un periodo de 3 años contados a partir de su elección, los cuales podrán ser reelegidos por una sola vez.
### Capítulo III. FUNCIONES, POLÍTICA PÚBLICA Y ACCIONES AFIRMATIVAS ARTÍCULO 8 DE LAS FUNCIONES: La Mesa Local de Comunicación Comunitaria Alternativa, e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal, tendrá a su cargo las siguientes funciones: 1. Darse su propio reglamento, donde se contemple como mínimo formas de reunión, secretaria técnica, quorum, faltas temporales o definitivas y la resolución de conflictos. 2. Definir su estructura organizacional. 3. Establecer anualmente un plan de acción y trabajo con el correspondiente cronograma de actividades. 4. Posicionar la comunicación comunitaria, alternativa e independiente, para que sea objeto de inversión en los presupuestos de los sectores de la administración local y distrital. 5. Vincular la comunicación comunitaria, alternativa e independiente a los procesos de planeación participativa, delegando a los representantes de la mesa en el CPL y participando de manera activa en los planes de desarrollo y presupuestos participativos. 6. Concertar con las Entidades Distritales las acciones en materia de comunicación comunitaria, para el fortalecimiento de la sociedad civil, de los colectivos y medios de comunicación comunitaria, alternativa e independiente con sede en San Cristóbal. 7. Promover, a través de la gestión inter institucional, la actualización permanente de la base de datos de medios comunitarios del IDPAC; velando por que los medios de comunicación comunitaria de la Localidad Cuarta estén incluidos en su totalidad. 8. Difundir las gestiones de la Mesa Local de Comunicación Comunitaria alternativa e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal. 9. Consolidar un diagnóstico y un análisis respecto a la comunicación comunitaria, alternativa e independiente de la Localidad Cuarta de San Cristóbal. 10. Generar estrategias que permitan mejorar la información comunitaria de medios de comunicación comunitarios, alternativos e independientes 11. Avalar a los representantes de los medios de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la localidad de Cuarta de San Cristóbal, que se postulen a la mesa Distrital de medios de comunicación comunitaria, alternativa e independiente. 12. La participación de los miembros de la Mesa Local de Comunicación Comunitaria Alternativa, e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal será AD honorem. ARTÍCULO 9 LINEAS DE ACCION DE LA POLITICA PÚBLICA: Serán las siguientes acciones que adelantara la mesa para fortalecer, articular y proponer en la política pública de comunicación comunitaria del distrito: 1. Av.1 de Mayo No.1 - 40 sur Código Postal: 110421 GDI - GPD - FO52 Tel. 3636740 - 3636741 Versión: 04 Información Linea 195 Vigencia: www.sancristobal.gov.co 02 de enero 2020 Proponer los lineamientos de la política pública de comunicación comunitaria, para que sean adoptados por la Alcaldía Local. 1. Proponer los lineamientos de la política pública de comunicación comunitaria, paraque sean adoptados por la Alcaldía Local. 2. Concertar inter institucionalmente las políticas públicas de comunicación comunitario local según los lineamientos distritales vigentes. 3. Difundir y socializar la política pública de comunicación comunitaria adoptada oficialmente. 4. Orientar al Alcalde Local, en lo relacionado con la política pública de comunicación comunitaria, alternativa e independiente. 5. Desarrollar la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria en ta Localidad. ARTÍCULO 10 ACCIONES AFIRMATIVAS: a través de las acciones afirmativas se busca fortalecer las acciones del Estado para brindar calidad de vida a sus ciudadanos en el marco del cumplimiento de las políticas públicas, de esta manera: a) Anuar esfuerzos inter institucionales e inter administrativos para fortalecer a los medios comunitarios, alternativos e independientes en materia de educación y/o capacitación en diferentes herramientas que fortalezcan el desarrollo, producción y emisión de la información. b) Anuar esfuerzos inter institucionales e inter administrativos para el desarrollo de una vitrina de medios. DISPOSICIONES VARIAS En todo caso las acciones e iniciativas de que habla el presente acuerdo se realizaran en el marco de la disponibilidad presupuestal y misional de cada sector que forman parte de la Mesa Local de Comunicación Comunitaria alternativa e independiente de la Localidad Cuarta De San Cristóbal El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el decreto local[ 007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40327) de 2010 y, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de diciembre del año 2021. AUTORES:

DIANA MARÍA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ QUEIMADA RADIO CÉSAR AUGUSTO SUTACHAN DAZA NOTICIA SEGURA JAIRO PATARROYO MARTINEZ CUNDINAMARCA PERIÓDICO PEDRO EMILIO CARO SUÁREZ ANDRÉS FELIPE RIVEROS PINILLOS Y OTROS PONENTES:

MIGUEL ÁNGEL ESPELETA SALAS EDIL PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO MIGUEL GONZÁLEZ CHAPARRO EDIL PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO ÁNGELA XIMENA CONTO MUÑOZ EDILESA PARTIDO ALIANZA VERDE CÉSAR AUGUSTO PAIBA ARDILA PRESIDENTE JAL PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO

NOTA: Ver norma original en Anexos.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar