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DECRETO 1173 de 1996

por el cual se modifica el Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993.

Tipo
DECRETO
Número
1173
Año
1996
Entidad
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1.

°. Trasládase la función contenida en el numeral 11 del artículo 12 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993, de la Oficina de Control y Seguridad Aérea a la Dirección de Operaciones Aéreas como numeral 9ş del artículo 22 del mismo, el cual quedará así:

"9. Diseńar y coordinar el servicio de extinción de incendios a cargo de los aeropuertos".

Los demás apartes y numerales del artículo 22 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993 no se modifican, entendiéndose que el numeral 10, corresponderá a las demás funciones que le sean asignadas o delegadas por el Director General o el Secretario Aeronáutico.

Artículo 2°.

Adiciónense los numerales 11, 12 y 13 al artículo 12 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993, Oficina de Control y Seguridad Aérea, el cual quedará así:

11. Estudiar y tramitar la expedición, renovación, suspensión y cancelación de las licencias y autorizaciones en materia aeronáutica.

12. Aplicar las sanciones administrativas a las personas naturales o jurídicas relacionadas con el sector aeronáutico, por incumplimiento y violación de las normas, reglamentos y procedimientos, establecidos sobre control técnico, seguridad y operaciones aéreas.

13. Adoptar las medidas preventivas del carácter inmediato que se estimen necesarias para conjurar infracciones en flagrancia que comprometan o afecten la seguridad aérea.

Los demás apartes y numerales del artículo 12 del Decreto 2724 de diciembre de 1993 no se adicionan ni se modifican, entendiéndose que el numeral 14, corresponderá a las demás funciones que le sean asignadas o delegadas por el Director General.

Afecta la vigencia de: Adiciona parcialmente (Numerales 11, 12 y 13. ) Artículo 12 DECRETO 2724 de 1993

Artículo 3°.

Modificar el artículo 14 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993, Oficina de Registro, el cual quedará así:

1. Estudiar y analizar los esquemas de registro y requisitos de inscripción para otorgar las matriculas respecto de las aeronaves que operen en el territorio nacional, y buscar mecanismos de simplificación y eficiencia para garantizar el adecuado cumplimiento de las normas sobre la materia.

2. Llevar los registros nacionales de las matrículas otorgadas en materia aeronáutica, mantener actualizado el nivel regional, Suministrar la información requerida y expedir certificaciones cuando sea el caso.

4. Recibir y administrar las garantías que con ocasión de matricula e inscripción, deban cumplirse.

Los demás apartes y numerales del artículo 14 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993, no se modifican.

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 14 DECRETO 2724 de 1993

Artículo 4.

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 2724 de 1993 Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C, a 2 de julio de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Transporte, Carlos Hernán López Gutiérrez.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.

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