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Resolución Reglamentaria 033 de 2021

Resolución Reglamentaria 033 de 2021 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
033
Año
2021
Fecha
28 de diciembre de 2021
Entidad
Contraloría de Bogotá D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 033 DE 2021

**(DICIEMBRE 28)

**[Derogada por el art. 3, Resolución Reglamentaria 017 de 2023 Contraloría de Bogotá D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142425#3)

_Por la cual se adopta la nueva versión del Manual del Sistema Integrado de Gestión -SIG de la Contraloría de Bogotá, D. C._

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el Acuerdo Distrital 658 de 2016, modificado parcialmente por el Acuerdo Distrital 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá D.C. y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo [269](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#269) de la Constitución Política de Colombia, es obligación de las autoridades públicas, diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

Que el Artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#6)ª del Acuerdo 658 de 2016[1], expedido por el Concejo de Bogotá D.C., por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., establece en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#6)º, que: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo”.

Que el numeral [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#38.n.9)º del artículo 38 del precitado Acuerdo, establece como una de las funciones de la Dirección de Planeación: “Realizar estudios, propuestas e investigaciones de carácter técnico sobre desarrollo administrativo, métodos de trabajo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la organización, tendientes al mejoramiento de la gestión y de los demás sistemas implementados en la Entidad.”

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 08 de octubre de 2018, se actualizó el Modelo Estándar de Control Interno – MECI en la Contraloría de Bogotá, D.C.[2], con el fin de incorporar la estructura definida en la Dimensión No. 7, Control Interno del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual es de obligatorio cumplimiento y aplicación para las entidades y organismos a que hace referencia el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#5)° de la Ley 87 de 1993.

Que mediante la Resolución Reglamentaría No. [023](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=89574) del 3 de noviembre de 2020,se adoptó la versión 20.0 del Manual del Sistema Integrado de Gestión, el que en el marco del proceso de mejora continua fue revisado por el Equipo de Análisis del Proceso de Direccionamiento Estratégico, encontrando la necesidad de actualizar los objetivos institucionales del Plan Estratégico Institucional, así como ajuste e inclusión de definiciones, establecer roles y actividades a desarrollar por parte de los gestores y facilitadores de los Procesos del SIG, entre otros; razón por la cual debe ser modificado, con el fin de incorporar los cambios aprobados. En mérito de lo expuesto, el Contralor de Bogotá, D.C.,

RESUELVE:

Artículo 1. Adoptar la versión 21.0 del Manual del Sistema Integrado de Gestión – SIG de la Contraloría de Bogotá, D.C. Artículo 2. Es responsabilidad del Contralor Auxiliar, los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por la divulgación y cumplimiento del documento adoptado mediante este acto administrativo. Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 1 de la Resolución Reglamentaria No. 023 del 3 de noviembre de 2020, y las demás disposiciones legales que les sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de diciembre del año 2021.

ANDRÉS CASTRO FRANCO

Contralor de Bogotá, D.C. NOTAS AL PIE DE PAGINA

* * * [1] Por medio del cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C. [2] Conforme con lo establecido en el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261#2) del Decreto 1499 de 2017, modificatorio del Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015

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