DECRETO 1148 de 1997
por el cual se declara como Monumento Nacional la Iglesia de San Antonio, localizada en la ciudad de Cali, Valle del Cauca.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1148
- Año
- 1997
- Entidad
- MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere la Ley 163 de 1959 y su Decreto Reglamentario 264 de 1963, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6ş de la Ley 163 de 1959 faculta al Consejo de Monumentos Nacionales para proponer, previo estudio de la documentación correspondiente, la calificación de ciudades, sectores de ciudades, zonas o accidentes geográficos o inmuebles como Monumento Nacional;
Que fue presentada ante el Consejo de Monumentos Nacionales la propuesta para la declaratoria como Monumento Nacional de la Iglesia de San Antonio, localizada en la ciudad de Cali;
Que el Consejo de Monumentos Nacionales, determinó proponer al Gobierno Nacional, mediante Resolución número 002 del 12 de marzo de 1982, la declaratoria como Monumento Nacional de la Iglesia de San Antonio, localizada en la ciudad de Cali, Valle del Cauca,
DECRETA:
Artículo 1ş. Declarar como Monumento Nacional la Iglesia de San Antonio, localizada en la ciudad de Cali, Valle del Cauca.
Artículo 2ş. En aplicación a lo dispuesto por la Ley 163 de 1959 y su Decreto Reglamentario 264 de 1963, todas las construcciones, refacciones, remodelaciones, y obras de defensa y conservación que deban efectuarse en la Iglesia de San Antonio, localizada en la ciudad de Cali, Valle del Cauca, deberán contar con el permiso previo del Consejo de Monumentos Nacionales.
Artículo 3ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de abril de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Educación Nacional, Jaime Nińo Diaz.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.