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DECRETO 1130 de 1991

por el cual se incorpora un funcionario de la Empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en un empleo de la Planta de Personal del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.

Tipo
DECRETO
Número
1130
Año
1991
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE INTENDENCIAS Y COMISARIAS
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso primero del artículo 12 de la Ley 21 de 1968 prevé: 'Si en desarrollo de las facultades extraordinarias de que trata la presente Ley se suprimieren cargos desempeńados por empleados oficiales, éstos tendrán derecho a ser incorporados en los empleos que, de acuerdo con las necesidades del servicio, hagan parte de las Plantas de Personal de las empresas que se creen en ejercicio de las mencionadas facultades o los que existan en las Plantas de otros organismos nacionales".

Que así mismo y en concordancia con lo anterior, el Decreto 1586 de 1989, por el cual se ordena la liquidación de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en el Inciso primero, del articulo 7° dispone: "Los empleados oficiales que sean desvinculados como consecuencia de la supresión del cargo y que no tuvieren derecho a la pensión de jubilación, invalidez o vejez previstas en las leyes o convenciones vigentes sobre la materia y en las que se expidan en virtud de las facultades de la Ley 21 de 1988, tendrán derecho, de acuerdo con las necesidades del servicio, a ser incorporados en las Plantas de Personal de las entidades que se creen en ejercicio de las facultades de la precitada Ley y en los demás organismos de la administración nacional",

DECRETA:

Artículo 1°.

Incorpórase a la Planta de Personal del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías al doctor Oscar Augusto Rangel García, identificado con la cédula de ciudadanía número 19371809 de Bogotá, en el cargo de Profesional Especializado Código 3010, Grado 10 de la Sección de Vías y Transporte de la División de Infraestructura, con una asignación básica mensual de $ 231.600.00.

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de abril de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, Reinaldo Gary P.

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