Acuerdo Local 003 de 2021
Acuerdo Local 003 de 2021 Junta Administradora Local de Antonio Nariño
- Tipo
- Acuerdo Local
- Número
- 003
- Año
- 2021
- Fecha
- 15 de diciembre de 2020
- Entidad
- Junta Administradora Local de Antonio Nariño
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO LOCAL 003 DE 2020
(Diciembre 15)
_Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1º de Enero y el 31 de Diciembre de 2021_ __ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Se presenta a consideración de la Honorable Junta Administradora Local de Antonio Nariño el Proyecto de Acuerdo “ _Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2021” en virtud de los propósitos del Estado colombiano, los principios constitucionales, legales y en especial los referidos en el Decreto Nacional[111](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5306) de 1993 (Estatuto Orgánico Nacional de presupuesto), la Ley [819](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13712) de 1998, el Decreto Distrital [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de 2010 y atendiendo al acatamiento de los objetivos de la planeación referidos en la Ley [152](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=327) de 1994 y en particular las metas y objetivos propuestos por el Gobierno Distrital en el marco del Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá, Acuerdo Distrital [761](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93649) de 2020 y en concordancia con el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para La Localidad de Antonio Nariño 2021-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Localidad de Antonio Nariño_”. El 2021 es un año de grandes retos para la Administración Local teniendo en cuenta los efectos negativos dejados por la pandemia global COVID -19 en materia social y económica en la ciudad, consecuencias principalmente evidentes en el crecimiento económico, situación que se evidencia principalmente durante el segundo semestre de 2020 en donde se registró un descenso del 15.7% en el PIB nacional, lo que a su vez tuvo un impacto lógico en el nivel de desempleo, el cual para el tercer trimestre de 2020 en la ciudad ascendía al 22%, representando una destrucción de cerca de 712 mil puestos de trabajo, respecto al mismo periodo del año anterior[1]. En lo referente a la localidad cabe resaltar que este efecto negativo en el dinamismo económico ha sido especialmente notorio teniendo en cuenta que según la información de la última Encuesta Multipropósito el 16% del área de los predios presenta un uso comercial, siendo así la cuarta localidad con predios cuyo mayor uso es principalmente dedicado al comercio, principalmente a actividades industriales y comerciales de artículos de cuero especialmente calzado, las cuales constituyen en mayor a medida el corazón productivo de la localidad, y que se vieron muy afectadas por la situación de salud pública y los cierres obligatorios. Adicionalmente a lo anterior, la caída en el dinamismo económico también tiene efectos nocivos sobre los ingresos de la localidad ya que las trasferencias desde el sector central de la administración distrital que se calculan como un porcentaje de los ingresos corrientes 10 Fuente DANE, GEIH y que constituyen la principal fuente de financiación de los gastos de funcionamiento e inversión, registraron una caída del 4.59% respecto al año anterior, lo que representa $785.769.000 de pesos menos que para la vigencia 2019, de los cuales $747.769.000 corresponden a recursos de inversión. Ahora bien, los montos de inversión para el 2020, han sido definidos atendiendo los preceptos y disposiciones del Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Publicas en el marco de la propuesta de gobierno de la Administración Distrital, en donde mediante el desarrollo del dialogo transparente y de doble vía con la comunidad, mediante ejercicios de participación ciudadana, en donde mancomunadamente con la comunidad se establece una oportunidad para la proyección del territorio local atendiendo las características y necesidades propias especialmente ante los efectos negativos causados por la pandemia del COVID-19 y que representan un reto en aspectos del desarrollo económico, social, ambiental y cultural. El Proyecto de Presupuesto Anual de la Alcaldía Local de Antonio Nariño para la vigencia 2021, tiene como eje principal una política social que vele por la garantía de los derechos de los más vulnerables a través de: la ampliación de las oportunidades de inclusión social y productiva, en particular de las mujeres, los jóvenes, y las familias, para superar progresivamente los factores de naturalización de la exclusión, discriminación y segregación socioeconómica y espacial que impiden la igualdad de oportunidades y el ejercicio de una vida libre, colectivamente sostenible y feliz, que permita el fortalecimiento de las capacidades de la ciudadanía para promover la recuperación de la confianza en la institucionalidad y un desarrollo socioeconómico, cultural y ambiental óptimo para el territorio local, que permita la participación activa e incidente en cada una de las etapas de la gestión pública local Adicional a ello, se busca mitigar los impactos negativos generados por la pandemia del COVID-19, en los hogares y población vulnerable, reduciendo la pobreza monetaria, multidimensional y disminuyendo la feminización de la pobreza, así como disminuir las brechas de cobertura y calidad desde la primera infancia hasta la educación superior de jóvenes de bajos ingresos y en situación de vulnerabilidad garantizando mejores espacios académicos y de formación, igualmente se busca potencializar la economía local desde la actividad productiva y comercial, promoviendo la inclusión económica, el emprendimiento y la empleabilidad, así mismo, se busca promover prácticas y ejercicios de formación en los campos artísticos, culturales y deportivos, incrementando la oferta de actividades y la infraestructura para el uso y disfrute del tiempo libre, y finalmente mejorar las condiciones de salud, participación e inclusión de las personas en condición de discapacidad y sus cuidadores. Con la presentación del presente anteproyecto de presupuesto, se busca que los recursos aprobados se ejecuten eficientemente para el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Local, cuyo propósito es mejorar la calidad de vida de los habitantes de la localidad, a través de 53 metas y 27 programas; las asignaciones presupuestales se ejecutaran de acuerdo a las líneas de inversión de la Circulares 003 de 2020 y las inversiones según lo dispuesto en las dos fases de presupuestos participativos por la comunidad de Antonio Nariño, especialmente en: • Bonos Tipo C • Ingreso Mínimo Garantizado • Revitalización del corazón productivo • Apoyo a Industrias culturales y recreativas • Apoyo para educación superior • Dotación e infraestructura cultural • Construcción y/o conservación de elementos del sistema de espacio publico • Diseño, construcción y conservación de la malla vial local e intermedia • Fortalecimiento Institucional de la Administración Local. Finalmente, es preciso manifestar que se están materializando a través del presupuesto las grandes metas plasmadas en el Plan de Desarrollo de la Localidad de Antonio Nariño, todo ello con el compromiso ético de un eficiente y efectivo manejo de los recursos. MARCO NORMATIVO 1. Constitución Política de Colombia en su artículo [324](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#324). 2. Ley [819](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13712) de 1998 “Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones”. 3. Numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#69.n.4) del artículo 69 del Decreto –Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 4. Decreto Nacional [111](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5306) de 1993 (Estatuto Orgánico Nacional de presupuesto). 5. Artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#17) del Decreto Distrital No. 372 del 30 de agosto de 2010 6. Decreto Distrital [777](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449) de 2019, Acuerdo Local [02](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76992) de 2018 LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; numeral 4 del artículo 69 del Decreto –Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000, artículo 17 del Decreto Distrital No. 372 del 30 de agosto de 2010, Decreto Distrital 777 de 2019, Acuerdo Local 02 de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que el Alcalde Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del Decreto Distrital 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L.” y el Decreto Distrital [777](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449) de 2019 “ _Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones_ ”.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficio N.º 2020EE187701 del 30 de octubre de 2020, comunicó la Cuota de Asignación por un monto de $16.315.072.000 incluyendo ingresos propios para la vigencia 2021.
Que el Alcalde Local de Antonio Nariño, estima que al cierre de la vigencia fiscal 2020, la disponibilidad de recursos en Tesorería será de $16.223.877.000, respaldando las obligaciones por pagar al 31 de diciembre de 2020.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- en su reunión No. 22 del 26 de noviembre de 2020, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, el cual asciende a la suma de TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($32.538.949.000), para la vigencia fiscal del 2021 incluyendo disponibilidad inicial.
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS. Que, en mérito de lo anterior,
ACUERDA:
Artículo 1. Expedir el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma de TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL PESOS M/ CTE ($32.538.949.000), conforme al siguiente detalle. | Código | Concepto | Valor ---|---|--- 11 | Disponibilidad Inicial | 16.223.877.000 12 | Ingresos | 16.315.072.000 121 | Ingresos corrientes | 8.635.000 124 | Recursos de capital | 12.606.000 125 | Transferencias Administración Central | 16.293.831.000 | TOTAL, INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 32.538.949.000 Artículo 2. Expedir el presupuesto de Gastos e Inversiones del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de enero 1º. y el 31 de diciembre de 2021, por la suma de TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL PESOS M/ CTE ($32.538.949.000), conforme al siguiente detalle:
Código | Concepto | Valor ---|---|--- 13 | Gastos | 32.538.949.000 131 | Gastos de Funcionamiento | 2.144.473.000 133 | Inversión | 30.394.476.000 14 | Disponibilidad Final | 0 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 32.538.949.000 Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112718) y surte efecto fiscal a partir del 1º de enero de 2021.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los 15 días del mes de diciembre del año 2020.
CARLOS ANDRES MORALES PRADO
Presidente de la Junta Administradora Local
PAULA ANDREA PEDRAZA QUIÑONES
Secretaria – JAL
El presente Acuerdo sancionado por:
EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO
Alcalde Local de Antonio Nariño
* * * [1] Fuente DANE, GEIH
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