DECRETO 1110 de 1992
por el cual se declara el 4 de julio Día Cívico y Día de la Constitución y la Paz.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1110
- Año
- 1992
- Entidad
- MINISTERIO DE GOBIERNO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el 4 de Julio de 1991 el pueblo de Colombia representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente expidió una nueva Constitución Política para Colombia;
Que ella simboliza el consenso de todos los sectores de la sociedad en torno de un orden institucional que se fundamentó en el respeto por los demás, la tolerancia y la libertad;
Que ese día los colombianos continuaron con renovadas fuerzas y esperanzas el recorrido por el camino de la democracia participativa y la protección de los derechos humanos, hacia la reconciliación y la construcción de un orden político, económico y social justo;
Que en el desarrollo y aplicación de la Constitución Política están sentadas las bases para afianzar el tratado de paz que anhelamos los colombianos, en la lucha por construir una sociedad abierta que no excluya a nadie, que cobije por igual a pobres y a ricos, a fuertes y a débiles, a los que han sido gestores de nuestra historia y a quienes serán los protagonistas del mańana,
DECRETA:
Artículo 1.
ş Declárase el 4 de Julio como el Día de la Constitución y la Paz.
Artículo 2.
ş Declárase el 4 de Julio Día Cívico en todo el territorio de la República.
Artículo 3.
ş Para una adecuada celebración de esta fecha, el Pabellón Nacional será izado en todo el territorio colombiano.
Artículo 4.
ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 3 de Julio de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Gobierno, Humberto De La Calle Lombana.
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