Jurismart

DECRETO 1109 de 1992

por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.

Tipo
DECRETO
Número
1109
Año
1992
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, conforme a lo previsto en las leyes 6Ş de 1971 y 7Ş de 1991, y oídos los conceptos del Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior y del Consejo Superior de Política Fiscal, y

CONSIDERANDO:

Que el autorracionamiento aplicado por las empresas de los sectores siderúrgico y metalmecánico ha implicado la suspensión del proceso de producción de un insumo básico para la economía nacional;

Que es indispensable adoptar medidas que minimicen los efectos de la crisis energética;

Que resulta imperativo garantizar durante un periodo de tiempo unos niveles arancelarios adecuados que permitan la recuperación de este sector;

Que la aplicación de la medida debe garantizar condiciones de protección contra aquellas importaciones destinadas a usos diferentes a los industriales,

DECRETA:

Artículo 1°.

Adóptase la siguiente Nota Adicional en el Arancel de Aduanas: "Seńálase 0% de gravamen arancelario a las subpartidas que a continuación se indican:

PARTIDAS 7207110000 7207120000 7207190000 7207200000

Artículo 2.

ş Para tener derecho al tratamiento arancelario previsto en el artículo anterior, la Dirección General de Aduanas verificará que en el registro de importación se haya certificado por parte del Instituto Colombiano de Comercio Exterior, la actividad industrial del importador en los sectores siderúrgico y metalmecánico.

Artículo 3.

ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y hasta el 30 de septiembre de 1992.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 3 de julio de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Viceministro de Hacienda y Crédito Publico, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hector José Cadena Clavijo.

La Ministra de Relaciones Exteriores, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio Exterior, Noemi Sanin De Rubio.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar