Circular Conjunta 7447 de 2021
Circular Conjunta 7447 de 2021 Ministerio del Interior - Ministerio de Salud y Protección Social
- Tipo
- Circular Conjunta
- Número
- 7447
- Año
- 2021
- Fecha
- 23 de marzo de 2021
- Entidad
- Ministerio del Interior - Ministerio de Salud y Protección Social
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**CIRCULAR CONJUNTA EXTERNA OFI2021-7447-DMI-1000 DE 2021 (Marzo 23)
PARA: GOBERNADORES, ALCALDES MUNICIPALES Y DISTRITALES.
D E: MINISTERIO DEL INTERIOR Y MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL.
ASUNTO: RECOMENDACIONES P ARA DISMINUIR E L RIESGO DE NUEVOS CONTAGIOS POR COVID-19 EN EL MARCO DE LA SEMANA SANTA. Respetados mandatarios, Como es de su conocimiento, la Organización Mundial de la Salud, el 11 de marzo de 2020, declaró que el brote de Coronavirus COVID-19 es una pandemia, esencialmente por la velocidad de su propagación e instó a los Estados a tomar acciones urgentes y decididas que mitiguen el contagio. Por lo anterior y con el objeto de adoptar medidas que sigan contribuyendo en la disminución del contagio, la eficaz identificación de los casos y sus contactos y la recuperación de los casos confirmados, el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución [385](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91249) de 2020 declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional y por medio de la Resolución No [222](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107905) de febrero 25 de 2021, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, se prorrogó la emergencia sanitaria hasta el 31 de mayo de 2021. Así mismo, con la expedición del Decreto [418](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91367) del 18 de marzo 2020 se dictaron medidas transitorias para expedir normas en materia de orden público. En el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91367#1) se indicó que _“la dirección del orden público con el objeto de prevenir y controlar la propagación del Coronavirus COVID-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos, en el marco de la emergencia sanitaria por caus_ _a d_ _el coronavirus COVID-1_ _9_ _, estará en c_ _abeza d_ _el President_ _e de la_ _Repúblic_ _a_ _”._ Por su parte, en el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91367#3), se indicó que _“las_ _instrucciones, acto_ s _y ordenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por ca_ _usa_ _del coronavirus COVID-19, deberán ser comunicados de manera inmediata al Ministerio del Interior."_ El Decreto [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107985)[06](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107985) de 2021, en su artículo 7 parágrafo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107985#7.p.3) determina que _“Cuando un Municipio presente_ _una_ _v_ _a_ _riación nega_ _t_ _i_ _va en e_ _l comportamiento_ _de la p_ _andemia Coronavirus Covid-19 el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al ministerio_ _d_ _el interior un informe_ _que co_ _nten_ _ga_ _l_ _a d_ _escripción_ _de l_ _a situación e_ _p_ _idemiológic_ _a_ _relacionada con el coronavirus Covid-19 y las actividades que estarán permitidas en el municipio con lo c_ _ua_ _l, se ordenará el cierre de las actividades o_ cas _o_ s _respe_ _c_ _tivos_ __p__
__o__
__r__
__parte del ministerio del interior a la entidad territoria__
__l__ _”._ Según datos del Sivigila con corte al 21 de marzo de 2021, Colombia presenta un total de 2.331.187 casos confirmados, de los cuales el 95,5% (2.225.725) son casos recuperados, y el 1,5% (33.716) son casos activos, con una tasa de contagio de 4.627 casos por cada 100.000 habitantes. En cuanto a las muertes, presenta un total de 61.907 casos fallecidos, con una tasa de 122,90 muertes por cada 100.000 habitantes y una letalidad de 2,6%. La situación epidemiológica del país presenta leves incrementos para algunos municipios en las últimas semanas, así mismo, aún se estima una alta proporción de susceptibles por lo cual existe el riesgo de un nuevo ascenso nacional en las próximas semanas. Los municipios en observación por aumento en la curva de casos y muertes, son Bogotá, Manizales, Armenia, Tunja, Popayán, Sincelejo y Montería respectivamente, de igual manera, las ciudades en observación por incremento tanto en casos y muertes como en la ocupación de UCI son Medellín, Cali, Santa Marta y Barranquilla. Con corte al 21 de marzo según datos del Sivigila, en el distrito de Bogotá se han presentado 675.062 casos confirmados, con una tasa de contagio de 8.717 por cada 100.000, y un total de 14.200 casos fallecidos, para una tasa de mortalidad de 183,37, una letalidad de 2,10, y una ocupación de UCI del 59,5%; en la ciudad Medellín se registran 201.690 casos, una tasa de contagio de 7.961 por cada 100.000 habitantes, un total de 3.663 fallecidos, una tasa de mortalidad de 144,59, una letalidad de 1,82 y un porcentaje de ocupación en UCI del 78,2%. De igual manera, la ciudad de Cali asciende a 144.993 casos, con una tasa de contagio de 6.436 casos por 100.000 habitantes, un total de 4.019 casos fallecidos, para una tasa de mortalidad de 178,41 muertes por cada 100.000 habitantes, una letalidad de 2,7%, y una ocupación de UCI del 79,2%. Así mismo, en la ciudad de Santa Marta se han presentado un total de 27.676 casos confirmados, una tasa de contagio de 5.138 casos por cada 100.000 habitantes, así mismo, presenta un total de 751 casos fatales, para una tasa de mortalidad de 139,43 muertes por cada 100.000 habitantes, una letalidad de 2,7% y una ocupación en UCI del 83,6%; en Barranquilla se observa un total de 82.290 casos, con una tasa de contagio de 6.457 por cada 100.000, un total de 2.316 muertes, para una tasa de mortalidad de 181,75 muertes por cada 100.000 habitantes, una letalidad de 2,81%, y un porcentaje de ocupación en UCI del 65,6%. Para Manizales se evidencia un total de 33.262 casos, una tasa de contagio de 7.455 por cada 100.000, un total de 478 muertes, con una tasa de mortalidad de 107,14 muertes por cada 100.000 habitantes, una letalidad de 1,4%, y un porcentaje de ocupación del 69,4%; en la ciudad de Armenia se observa un total de 23.355 casos, con una tasa de contagio de 7.959 casos por 100.000 habitantes, se han presentado 681 casos fatales, para una tasa de mortalidad de 219,79 por cada 100.000, una letalidad de 2,7% y una ocupación de UCI del 53,2%, así mismo, en Tunja se evidencia un total de 13.724 casos, con una tasa de contagio de 7.655 por cada 100.000 habitantes, un total de 190 muertes, para una tasa de mortalidad de 105,99 por cada 100.000, una letalidad de 1,3% y un porcentaje de ocupación en UCI del 58,1%; en Sincelejo se observa un total de 13.739 casos, con una tasa de contagio de 4.673, un total de 483 casos fatales, para una tasa de mortalidad de 164,31 muertes, una letalidad de 3,5%, y una ocupación de UCI del 57,4%; igualmente en Montería los casos ascienden a 24.988, para una tasa de contagio de 4.944 casos, un total de 980 fallecidos, para una tasa de mortalidad de 193,9 muertes por 100.000, una letalidad de 3,9%, y una ocupación de UCI del 65,5%; Finalmente para el municipio de Popayán se evidencian 19.664 casos, con una tasa de contagio de 6.041 casos por 100.000 habitantes, un total de 334 muertes, con una tasa de 102,62 muertes por cada 100.000, una letalidad de 1,7%, y un porcentaje de ocupación en UCI del 41,6%. Ante la situación sanitaria que se registra en el país por el incremento observado en el número de casos, así como el riesgo de un nuevo ascenso general, el Ministro de Salud y Protección Social como rector del sector y el Ministro del Interior en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 y la Resolución [222](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107905) de 2021, por medio de la cual se prorroga la emergencia sanitaria, remite a _l_ gunas recomendaciones para ser implementadas durante la Semana Santa, fechas en las que se requiere disciplina y autocuidado colectivo con el fin de mantener y reforzar las medidas sanitarias con el fin de disminuir el riesgo en el contagio del COVID-19, razón por la cual el Ministerio del Interior con base en la descripción de la situación epidemiológica relacionada con el coronavirus Covid-19, ordena: 1. A LOS MANDATARIOS LOCALES: \- Instaurar medidas de pico y cédula en los municipios con ocupación de camas UCI por encima del 70% durante las siguientes dos semanas. Los hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica, y parques no serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula. \- Establecer restricciones nocturnas a la movilidad desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. en los municipios con ocupación de camas UCI por encima del 70%; desde las 12:00 a.m. hasta las 5:00 a.m., en aquellos municipios con ocupación de camas UCI entre el 50% hasta el 70%, en las siguientes fechas: del viernes 26 de marzo de 2021 al lunes 29 de marzo de 2021, y del miércoles 31 de de marzo al lunes 05 de abril de 2021, permitiendo en todo momento el tránsito de personas y vehículos que para su retorno se movilicen en las fechas señaladas. Se permiten los servicios domiciliarios y el ejercicio de las actividades señaladas como excepciones en el Decreto [1076](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94906) de 2020. \- Para los municipios con ocupación inferior del 50% se recomienda adoptar todas las medidas pedagógicas para promover el autocuidado. \- No autorizar los eventos de carácter público que impliquen aglomeración de personas. \- No permitir la apertura de discotecas y lugares de baile, el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio, de acuerdo con lo establecido en el Decreto [206](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107985) de 2021. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes, ni el consumo en restaurantes, como tampoco su comercialización a través de plataformas digitales o domicilios. Los pilotos autorizados se mantienen vigentes dentro de los horarios establecidos y por el tiempo acá señalado. \- Reforzar el control para evitar la realización de fiestas y reuniones en general. \- Prohibir la realización presencial de todo tipo de celebraciones de carácter regional. \- Los mandatarios de municipios con ocupación mayor al 80% o altos niveles de contagio podrán regular el uso en materia de horarios y funcionamiento de sitios públicos que generen aglomeración como playas, malecones y plazoletas, en las que se identifique violación a los protocolos de bioseguridad. La regulación deberá limitarse a las zonas o sectores done se presenten las condiciones expuestas. \- Generar mensajes pedagógicos a través de los diferentes canales locales, donde se refuercen las medidas de prevención y control ante nuevos casos de COVID-19. \- Monitorear el comportamiento de la ocupación de las Unidades de Cuidados Intensivos de manera permanente. 2. A LAS FAMILIAS Y COMUNIDAD EN GENERAL: \- Se invita a la comunidad a practicar un autoaislamiento responsable. Si no es necesario salir de casa, permanezca junto a su familia. \- No viajar ni salir de casa si se tienen síntomas respiratorios, si ha tenido contacto con un caso sospechoso o confirmado, o si tiene una prueba positiva para COVID-19 de los últimos 14 días. \- Evitar visitas a familiares con quiénes no se conviva, así como comidas familiares en espacios cerrados, especialmente si hay adultos mayores o personas con comorbilidades. Hacer visitas cortas y al aire libre. \- Hacer buen uso del tapabocas que cubra nariz y boca, distanciamiento físico de 2 metros entre persona y persona, lavado de manos frecuente con agua y jabón de o uso de soluciones a base de alcohol para higienización de manos. \- Estar atentos, a la manifestación de síntomas respiratorios entre algunos de los miembros del núcleo familiar con los que viven, de presentarse, la persona se debe aislar de manera inmediata y seguir las recomendaciones dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. \- Aplicar los protocolos de bioseguridad para el uso del transporte privado y público, cuando el núcleo familiar realice desplazamientos fuera y dentro del país. \- Si la persona ya recibió su primera dosis de vacuna no viajar si coincide con la fecha de la aplicación de la segunda dosis. La mayor protección de la vacuna se consigue cerca de dos semanas después de la segunda dosis, por tanto, no se pueden relajar las medidas ni de los vacunados, ni del resto de la población. \- Si debe realizar viajes durante esa semana, procure hospedarse en hoteles u otro tipo de negocios similares, para evitar contactos estrechos y largos con personas con las que no conviven. 3. A LOS RESPONSABLES DE LOS SITIOS DE CULTO: \- No cerrar las actividades de culto, pero sí evitar las tradicionales procesiones. \- Evitar las actividades que generan riesgo, como el lavatorio de pies. \- En las ceremonias en los centros de culto, uso de tapabocas permanente que cubra nariz y boca, mantener el distanciamiento físico de 2 metros ente cada persona, mantener a la entrada alcohol glicerinado o gel antibacterial para la higienización de manos. \- Asegurar una adecuada ventilación en templos e iglesias, teniendo todas las puertas y ventanas abiertas, garantizando suficiente circulación del aire. \- Promover actos religiosos y de culto a través de la virtualidad. De igual forma, se recuerda a todos los alcaldes del país que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto [539](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92051) de 2020 y el Decreto [206](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107985) de 2021, es de su competencia la vigilancia del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad y la toma de las medidas sancionatorias por su incumplimiento. Se hace claridad que cualquier medida debe tener la debida autorización del Ministerio del Interior, a donde de manera previa deberán enviarse los proyectos de decreto en los que se adopten las mismas, en el marco de la pandemia a través del correo electrónico [covid19@mininterior.gov.co](mailto:covid19@mininterior.gov.co). El Gobierno Nacional reitera que continuará trabajando de manera conjunta y oportuna, con los mandatarios locales, para contener la propagación de la pandemia del Coronavirus Covid-19 en todo el territorio colombiano. El éxito de estas intervenciones requiere de la adherencia de la población y de su autocuidado, así como su compromiso en proteger la vida y la salud de todos. DANIEL PALACIOS MARTÍNEZ Ministro del Interior FERNANDO RUIZ GÓMEZ
Ministro de Salud y Protección Social
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