DECRETO 1077 de 1995
por el cual se efectúan algunos ajustes en el Presupuesto General de la Nación, de las empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta con régimen de aquéllas para la vigencia fiscal de 1995.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1077
- Año
- 1995
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 179 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 de la Ley 179 de 1994 autoriza al Gobierno para hacer los ajustes presupuestales necesarios para darle cumplimiento a la distribución de los recursos de los excedentes financieros de los establecimientos públicos del orden nacional y de las empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta con régimen de aquéllas;
Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social determinó y distribuyó en su sesión del día 10 de mayo de 1995 los excedentes financieros de los establecimientos públicos del orden nacional y de las empresas industriales y comerciales del Estado y de las sociedades de economía mixta con el régimen de aquéllas, correspondientes al ańo 1994,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Ajustar el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1995, en la suma de trescientos treinta cuatro mil novecientos setenta y seis millones trescientos ochenta y nueve mil ochocientos pesos ($334.976.389.800) moneda corriente con base en el artículo 21 de la Ley 179 de 1994, los cuales se incorporan así:
NOTA: POR SU EXTENSIÓN Y COMPLEJIDAD SE PUEDEN CONSULTAR LAS TABLAS EN EL DIARIO OFICIAL 41906.pdf
Artículo 2.
ş. Ajustar el Presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1995, en la suma de trescientos treinta y cuatro mil novecientos setenta y seis millones trescientos ochenta y nueve mil ochocientos pesos ($334.976.389.800) moneda corriente con base en el artículo 21 de la Ley 179 de 1994, según el siguiente detalle:
NOTA: POR SU EXTENSION Y COMPLEJIDAD SE PUEDEN CONSULTAR LAS TABLAS EN EL DIARIO OFICIAL 41906.pdf TEXTO CORRESPONDIENTE A Modificado en lo pertinente Artículo 1 DECRETO 1424 de 1995 Artículo 3ş. Por el cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de éstas.
NOTA: POR SU EXTENSIÓN Y COMPLEJIDAD SE PUEDEN CONSULTAR LAS TABLAS EN EL DIARIO OFICIAL 41906.pdf Artículo 4ş. Por el cual se ajusta el Presupuesto de Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de éstas.
NOTA: POR SU EXTENSIÓN Y COMPLEJIDAD SE PUEDEN CONSULTAR LAS TABLAS EN EL DIARIO OFICIAL 41906.pdf Artículo 5ş. Por el cual se contracreditan y acreditan el Presupuesto de Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de éstas.
NOTA: POR SU EXTENSIÓN Y COMPLEJIDAD SE PUEDEN CONSULTAR LAS TABLAS EN EL DIARIO OFICIAL 41906.pdf ARTICULO 6ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a 27 de junio de 1995.
MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, Guillermo Perry Rubio.
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