Acuerdo Local 007 de 2022
Acuerdo Local 007 de 2022 Junta Administradora Local de Santa Fe
- Tipo
- Acuerdo Local
- Número
- 007
- Año
- 2022
- Fecha
- 15 de diciembre de 2022
- Entidad
- Junta Administradora Local de Santa Fe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO LOCAL 007 DE 2022
(Diciembre 15)
_Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023_
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SANTA FE
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución política de Colombia en su artículo 324; numeral 4 del artículo 69 Decreto Ley 1421 de 1993 modificado por el artículo 88 de la ley 617 de 2000 y el artículo 17 del Decreto 372 de 2010, y [Decreto Local 025 de 2022 del Alcalde Local de Santa Fe (E).](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=134577#0)
CONSIDERANDO:
Que el Alcalde Local presentó el Proyecto de Presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido por el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#12) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010.
Que la Secretaria Distrital de Hacienda mediante comunicación No. 2022EE482411O1 del 18 de octubre de 2022 comunicó la Cuota de asignación por un monto de CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL PESOS M/CTE ($45.824.224.000) para la vigencia fiscal 2023.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante CIRCULAR CONFIS No. 05 de 2022 del 30 de noviembre de 2022 emitió concepto previo favorable a los Proyectos de Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de los Fondos de Desarrollo Local para la Vigencia fiscal 2023. Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, el cual asciende a la suma de SETENTA Y SIETE MIL MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($77.494.848.000) para la vigencia fiscal 2023.
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS. Que, en mérito de lo anterior
ACUERDA:
Artículo 1. Expedir el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, para vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, por la suma SETENTA Y SIETE MIL MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($77.494.848.000), conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- O10 | DISPONIBILIDAD INICIAL | $31.670.624.000 O1 | INGRESOS | $30.678.000 O11 | INGRESOS CORRIENTES | $30.678.000 O12 | RECURSOS DE CAPITAL | $574.305.000 O1250 | TRANSFERENCIAS ADMINISTRACIÓN CENTRAL | $45.219.241.000 | TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | $77.494.848.000 Artículo 2. Expedir el presupuesto de gastos e inversiones del presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, para la vigencia fiscal de enero 1° y el 31 de diciembre de 2023, por la suma SETENTA Y SIETE MIL MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($77.494.848.000), conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- O2 | GASTOS | $77.494.848.000 O21 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ 2.885.328.000 O23 | INVERSIÓN | $ 74.609.520.000 O4 | DISPONIBILIDAD FINAL | $0 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | $77.494.848.000 Artículo 3. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=131999#0) y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2023.
---
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2022.
HERNANDO FRANCO GARCÍA
Presidente de la JAL
NATALIA MATEUS CAMARGO
Secretaria de la JAL
Dado en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2022.
El presente Acuerdo sancionado por:
DIEGO FERNANDO HERRERA ROJAS
Alcalde Local Santa Fe (E)
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