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Resolución Local 748 de 2022

Resolución Local 748 de 2022 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Tipo
Resolución Local
Número
748
Año
2022
Fecha
22 de diciembre de 2022
Entidad
Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN LOCAL 748 DE 2022

(Diciembre 22)

_Por medio de la cual se da la convocatoria y puesta en marcha de la Comisión local de Concertación y Decisión del Sistema Distrital de Juventud de Rafael Uribe Uribe_

EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

En ejercicio de sus obligaciones legales, en especial las conferidas en el Artículo 66 de la Ley Estatutaria 1622 de 2013, modificada por la Ley Estatutaria 1885 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 1622 de 2013, se creó el estatuto de ciudadanía juvenil, cuyo objetivo según el Artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#1) es “ _Establecer el marco institucional para _garantizar a todos los y las jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos, civil o personal, social y público_, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno y lo ratificado en los Tratados Internacionales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, protección y sostenibilidad; y para el fortalecimiento de sus capacidades y condiciones de igualdad de _acceso que faciliten su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del país__ _”_ (subrayado por fuera del texto original).

Que una de las finalidades del estatuto de ciudadanía juvenil, según el artículo 2[1], en el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#2.n.3), es “ _Garantizar la participación, concertación e incidencia de las y los jóvenes sobre decisiones que los afectan en los ámbitos social, económico, político, cultural y ambiental de la Nación”._ Que el sistema distrital será compuesto de igual manera al Sistema Nacional de Juventudes, el cual según el Artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#24)[2] estará conformado por el Subsistema Institucional de las Juventudes, el Subsistema de Participación de las Juventudes y las Comisiones de Concertación y Decisión.

Que las Comisiones de Concertación y Decisión, según el artículo [67](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#67)[3], son “ _instancias de concertación y decisión del orden nacional departamental y municipal, a razón de una por cada entidad territorial, las cuales asumirán funciones de planeación, concertación de agendas públicas y generación de los mecanismos de ejecución de las mismas en cada territorio”._ Que las Comisiones de Concertación y Decisión, según el artículo [68](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#68)[4]“ _estarán conformadas por 3 delegados del Gobierno del ente territorial y 3 delegados de los Consejos de juventud_ _que llevan la vocería del movimiento juvenil en cada ente territorial. En todo caso, ninguno de los delegados por parte de los Consejos de Juventud podrá estar desempeñando funciones remuneradas dentro de la administración correspondiente durante su periodo como delegado. Obrarán como veedores con voz ysin voto 2 miembros de la plataforma de las juventudes elegido bajo procedimiento interno autónomo de las plataformas.”_ (Negrilla por fuera del texto original) Que dentro de las localidades se cuenta con los Consejos Locales de Juventud, los cuales en virtud del artículo 39 señala que “(…) se regirán por las disposiciones para los Consejos Municipales de Juventud, contenidas en la presente ley.” Igualmente, el artículo [60](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#60) de la ley 1622 de 2013 señala qué “ _La Plataforma Local (…) de Juventudes será conformada por un número plural de procesos y prácticas organizativas así como por espacios de participación de los y las jóvenes_.” En ese sentido, las Comisiones de Concertación y Decisión son el escenario propicio para inclusión de la agenda pública de juventud desde las diferentes instancias de participación a nivel local. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Primero: Invitar a los tres (3) Consejeros/as Locales de Juventud delegados a participar de la sesión de instalación de la Comisión de Concertación y Decisión. Segundo: Invitar a los dos (2) delegado/as de la Plataforma Local de Juventud a la sesión de instalación de la Comisión de Concertación y Decisión. Tercero: Invitar a los tres (3) delegados/as por parte de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe a la sesión de instalación de la Comisión de Concertación y Decisión. Cuarto: Convocar a la sesión de instalación de la Comisión Distrital de Concertación y Decisión el día veintinueve (29) del mes diciembre del año 2022 en las instalaciones de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe a las 2:00 p.m. Quinto: La presente resolución rige a partir del día siguiente al de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=131837#60). PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 22 días el mes de diciembre del año 2022.

EDUARD HUMBERTO QUINTANA ARELLANO

ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

NOTAS AL PIE DE PÁGINA:

* * * [1] Ley 1622 de 2013 [2] Ibidem [3] Ibidem [4] Ibidem

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