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DECRETO 1061 de 2006

por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 49 de la Ley 715 de 2001.

Tipo
DECRETO
Número
1061
Año
2006
Entidad
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1.

º. La aplicación del factor de ajuste a que hace referencia el inciso 2º del artículo 49 de la Ley 715 de 2001, ponderará los servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado, considerando tanto el nivel de complejidad como los de garantizar su prestación.

Artículo 2.

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de abril de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.

El Director del Departamento Nacional de Planeación, Santiago Montenegro Trujillo.

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