DECRETO 1042 de 1995
por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1042
- Año
- 1995
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep˙blica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto Legislativo 2078 de 1940,Ý ÝÝ
DECRETA:
Ý ÝÝ ArtÌculo 1∫. ApruÈbase el Acuerdo n˙mero 4 de 1995 del ComitÈ Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:Ý ÝÝ ´ACUERDO NUMERO 4 DE 1995Ý ÝÝ (abril 5)Ý ÝÝ El ComitÈ Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, yÝ ÝÝ
CONSIDERANDO:
Ý ÝÝ a) Que con base en el Decreto n˙mero 2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la FederaciÛn celebraron, el 22 de diciembre de 1988, un contrato de administraciÛn y manejo del Fondo Nacional del CafÈ y prestaciÛn de Servicios;Ý ÝÝ b) Que la FederaciÛn Nacional de Cafeteros, con recursos del Fondo Nacional del CafÈ, es accionista de la CorporaciÛn Financiera de Occidente;Ý ÝÝ c) Que durante el ejercicio de 1994 dicha CorporaciÛn arrojÛ utilidades por valor de $1.701.2 millones, de los cuales correspondieron a la FederaciÛn Fondo Nacional del CafÈ, como accionista de ella, dividendos por la suma de $543.006.297.30;Ý ÝÝ d) Que para asegurar su competitividad en el mercado, desde el punto de vista de servicios y productos ofrecidos y de solidez y respaldo patrimonial, que le garanticen un adecuado nivel de crecimiento, es conveniente capitalizar $246.019.790.31 de la suma que le corresponde al Fondo Nacional del CafÈ por dividendos del aÒo 1994, que a valor de $241.93 cada una, corresponden a 1.016.905. acciones;Ý ÝÝ e) Que el ComitÈ Nacional de Cafeteros, en su sesiÛn de la fecha, con el voto expreso y favorable del seÒor Ministro de Hacienda y CrÈdito P˙blico, autorizÛ dicha capitalizaciÛn,Ý ÝÝ
ACUERDA:
Ý ÝÝ ArtÌculo 1∫. AutorÌzase a la FederaciÛn Nacional de Cafeteros, para que mediante reinversiÛn de los dividendos que correspondieron al Fondo Nacional del CafÈ como accionista de la CorporaciÛn Financiera de Occidente durante el ejercicio de 1994, suscriba y pague para dicho Fondo, hasta $246.019.790.31 en acciones de la misma CorporaciÛn, a un valor de $241.93 cada una. El saldo, es decir, $296.986.506.99 los recibir· en dinero efectivo.Ý ÝÝ ArtÌculo 2∫. SomÈtase el presente Acuerdo a la aprobaciÛn del seÒor Presidente de la Rep˙blica por conducto del seÒor Ministro de Hacienda y CrÈdito P˙blico.Ý ÝÝ Aprobado en SantafÈ de Bogot·, D.C., a los cinco (5) dÌas del mes de abril de mil novecientos noventa y cinco (1995).Ý ÝÝ El Presidente, (Fdo.), Ý ÝÝ Alfonso Palacio Rudas. Ý ÝÝ El Secretario, (Fdo.)Ý ÝÝ Hernando Galindo Mayneª. Ý ÝÝ ArtÌculo 2∫. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicaciÛn.Ý ÝÝ PublÌquese y c˙mplase.Ý ÝÝ Dado en SantafÈ de Bogot·, D.C., a 20 de junio de 1995.Ý ÝÝ ERNESTO SAMPER PIZANO Ý ÝÝ El Ministro de Hacienda y CrÈdito P˙blico,Ý ÝÝ Guillermo Perry Rubio. Ý
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.