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DECRETO 1025 de 1994

por el cual se suprimen y se crean unos cargos y se hacen nombramientos en el Servicio Exterior.

Tipo
DECRETO
Número
1025
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1.

ş Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Federación de Rusia, el cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 8 PA, con una asignación básica mensual de mil seiscientos ochenta dólares con 00/100 (US$1.680.00), cargo actualmente ocupado por el seńor Carlos Francisco Triana Estupińán.

Artículo 2.

ş Suprímese en la Embajada de Colombia, ante el Gobierno de la Federación de Rusia, el cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 4 PA Local, con una asignación básica mensual de ochocientos dólares con 00/100 (US$800.00), cargo actualmente ocupado por la seńora Yuri Marcela Bonilla Buitrago.

Artículo 3.

ş Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Federación de Rusia, el cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 1 PA Local, con una asignación básica mensual de quinientos sesenta dólares con 00/100 (US$560.00), cargo actualmente ocupado por el seńor Alexandrovich Sedij Serguei.

Artículo 4.

ş Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Federación de Rusia, un cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 10 PA, con una asignación básica mensual de dos mil dólares con 00/100 (US$2.000.00), y nómbrese para desempeńarlo al seńor Carlos Francisco Triana Estupińán.

Artículo 5.

ş Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Federación de Rusia, un cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 6 PA, con una asignación básica mensual de mil cuarenta dólares con 00/100 (US$1.040.00), y nómbrese para desempeńarlo a la seńora Yuri Marcela Bonilla Buitrago.

Artículo 6.

ş Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 7.

ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 19 de mayo de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio.

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público en cargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.

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