Jurismart

DECRETO 1024 de 2012

por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Sociedades y se dictan otras disposiciones

Tipo
DECRETO
Número
1024
Año
2012
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m y n del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia de Sociedades, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que la Superintendencia de Sociedades para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con el concepto favorable de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

DECRETA:

Artículo 1°.

Suprímense de la Planta de Personal de la Superintendencia de Sociedades, los siguientes cargos Número de cargos

Denominación Código Grado Despacho del Superintendente Uno (1)

Superintendente 0030 00 Cuatro (4)

Asesor 1020 14 Tres (3)

Asesor 1020 13 Tres (3)

Asesor 1020 12 Tres (3)

Asesor 1020 10 Dos (2)

Asesor 1020 08 Uno (1)

Asesor 1020 05 Cuatro (4)

Secretario Ejecutivo 4210 21 Dos (2)

Auxiliar Administrativo 4044 13 Dos (2)

Conductor Mecánico 4103 13 Planta Global Dos (2)

Superintendente Delegado 0110 20 Uno (1)

Secretario General de Superintendencia 0037 20 Uno (1)

Director de Superintendencia 0105 15 Siete (7)

Intendente 0138 15 Dos (2)

Jefe de Oficina Asesora 0125 16 Uno (1)

Jefe de Oficina 2045 24 Diez (10)

Profesional Especializado 2028 19 Catorce (14)

Profesional Especializado 2028 17 Treinta y ocho (38)

Profesional Especializado 2028 15 Treinta y siete (37)

Profesional Especializado 2028 13 Ciento cuatro (104)

Profesional Universitario 2044 10 Cincuenta y siete (57)

Profesional Universitario 2044 06 Cuarenta y dos (42)

Técnico Administrativo 3124 15 Treinta y nueve (39)

Técnico Operativo 3132 13 Seis (6)

Secretario Ejecutivo 4210 21 Veintiséis (26)

Secretario Ejecutivo 4210 17 Veintinueve (29)

Secretario 4178 14 Treinta y siete (37)

Auxiliar Administrativo 4044 13 Cuatro (4)

Conductor Mecánico 4103 13 Treinta y uno (31)

Auxiliar de Servicios Generales 4064 07

Artículo 2°.

Las funciones propias de la Superintendencia de Sociedades, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece: Número de cargos

Denominación Código Grado Despacho del Superintendente Uno (1)

Superintendente 0030 25 Uno (1)

Asesor 1020 16 Seis (6)

Asesor 1020 15 Tres (3)

Asesor 1020 14 Tres (3)

Asesor 1020 13 Seis (6)

Asesor 1020 11 Dos (2)

Técnico Operativo 3132 14 Dos (2)

Secretario Ejecutivo 4210 22 Uno (1)

Auxiliar Administrativo 4044 14 Dos (2)

Conductor Mecánico 4103 14 Planta Global Cuatro (4)

Superintendente Delegado 0110 23 Uno (1)

Secretario General de Superintendencia 0037 23 Tres (3)

Director de Superintendencia 0105 19 Uno (1)

Subdirector Administrativo 0150 18 Uno (1)

Subdirector Financiero 0150 18 Uno (1)

Jefe De Oficina 0137 19 Siete (7)

Intendente 0138 20 Dos (2)

Jefe de Oficina Asesora 1045 13 Treinta y uno (31)

Profesional Especializado 2028 20 Catorce (14)

Profesional Especializado 2028 18 Treinta y ocho (38)

Profesional Especializado 2028 16 Treinta y siete (37)

Profesional Especializado 2028 14 Ciento cuatro (104)

Profesional Universitario 2044 11 Ciento quince (115)

Profesional Universitario 2044 07 Diez (10)

Profesional Universitario 2044 01 Treinta y cuatro (34)

Técnico Administrativo 3124 16 Treinta y dos (32)

Técnico Operativo 3132 14 Siete (7)

Secretario Ejecutivo 4210 22 Veinticinco (25)

Secretario Ejecutivo 4210 18 Veintiséis (26)

Secretario Ejecutivo 4210 15 Uno (1)

Secretario 4178 14 Treinta y cinco (35)

Auxiliar Administrativo 4044 14 Seis (6)

Conductor Mecánico 4103 14 Treinta y uno (31)

Auxiliar de Servicios Generales 4064 08

Artículo 3°.

El Superintendente de Sociedades distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

Artículo 4º.

Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, podrán optar entre ser indemnizados o ser incorporados a empleos de carrera equivalentes, conforme a lo consagrado en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Reglamentario 1227 de 2005, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto-ley 760 de 2005 y demás disposiciones que la reglamenten, modifiquen o sustituyan.

Artículo 5°.

La incorporación de los funcionarios con derechos de carrera a la nueva planta de personal que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su publicación.

Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 6°.

Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyen.

Artículo 7°.

El presente Decreto rige a partir de un mes posterior a la fecha de su publicación en el Diario Oficial, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2508 de 1998, el Decreto 564 de 2001, el Decreto 3213 de 2002, el Decreto 1246 de 2004, el Decreto 4134 de 2005, el Decreto 4142 de 2005, el Decreto 4143 de 2005, el Decreto 4571 de 2005, el Decreto 2127 de 2006, el Decreto 2128 de 2006, el Decreto 2129 de 2006 y el Decreto 3804 de 2006.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 564 de 2001 Deroga DECRETO 1246 de 2004 Deroga DECRETO 2127 de 2006 Deroga DECRETO 2128 de 2006 Deroga DECRETO 2129 de 2006 Deroga DECRETO 3804 de 2006 Deroga DECRETO 4142 de 2005 Deroga DECRETO 4143 de 2005 Deroga DECRETO 2508 de 1998 Deroga DECRETO 3213 de 2002 Deroga DECRETO 4571 de 2005 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de mayo de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Diazgranados Guida.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar