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CIRCULAR 33 de 2020

REPORTE DE INFORMACIÓN Y PAGO DE DEUDAS DEL REGIMEN SUBSIDIADO EN CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 1080 DE 2012 Y RESOLUCIONES 1302 Y 1597 DE 2012

Tipo
CIRCULAR
Número
33
Año
2020
Entidad
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

CIRCULAR NO. 0000033 Para: ALCALDES, DIRECTORES DE SALUD DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y UNICIPALES Y TESOREROS Y ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD De: MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Asunto: REPORTE DE INFORMACIÓN Y PAGO DE DEUDAS DEL REGIMEN SUBSIDIADO EN CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 1080 DE 2012 Y RESOLUCIONES 1302 Y 1597 DE 2012 FECHA: 19 DE JULIO DE 2012 Mediante el Decreto 1080 de 2012, el Gobierno Nacional estableció el procedimiento que deben aplicar las Entidades Territoriales para el pago de las deudas que tengan con las Entidades Promotoras de Salud EPS de1 Régimen Subsidiado de Salud, por contratos de aseguramiento suscritos hasta el 31 de marzo de 2011.

En desarrollo del mencionado Decreto, se expidieron las Resoluciones 1302 y 1597 de 2012 con las cuales se establecieron los formatos y requerimientos para el reporte de información por las Entidades Territoriales y Entidades Promotoras de Salud, a este Ministerio. Se recuerda que el próximo 25 de julio, vence el plazo para que las entidades territoriales utilicen los recursos de la cuenta maestra, en el pago de las deudas determinadas del régimen subsidiado de salud de acuerdo con el procedimiento establecido en las normas vigentes y de igual forma, que entre el próximo 26 de julio y el 1 de agosto de 2012, tanto las entidades territoriales como las EPS deben reportar la información al Ministerio sobre la deuda reconocida, los pagos recibidos y los valores no pagados en los Anexos 3 y 4 de la Resolución 1302 de 2012.

En el evento en que la Entidad Territorial no tenga deudas con las EPS o las haya pagado íntegramente con los recursos de la Cuenta Maestra del Régimen Subsidiado, se deberá igualmente diligenciar y remitir los anexos correspondientes.

El Ministerio está brindando asistencia técnica permanente en el diligenciamiento y transmisión n de la información a través del correo deudasdelrs@minsal ud.gov.co y telefónicamente en la Dirección de Financiamiento y en la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones BEATRIZ LONDOÑO ZOTO Ministra de Salud y Protección Social

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