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Resolución Local 002 de 2022

Resolución Local 002 de 2022 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Tipo
Resolución Local
Número
002
Año
2022
Fecha
11 de enero de 2022
Entidad
Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN LOCAL 002 DE 2022

(Enero 11)

EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

En ejercicio de sus facultades legales otorgadas en el artículo 322 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 86 del Decreto 1421 de 1993, los artículos 16, 19 y 40 de la Ley 1622 de 2013 y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley [1622](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971) de 2013 “Estatuto de Ciudadanía Juvenil” y La Ley [1885](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75805) de 2018, establecen la elección y conformación de los Consejos Locales de Juventud.

Que a través de procesos concertados y autónomos se eligieron en la Localidad de Rafael Uribe Uribe Dos (2) consejeros de juventud para ocupar las curules especiales creadas por la Ley [1622](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971) de 2013.

Que el 5 de diciembre se eligieron Diecisiete (17) consejeros de juventud por voto popular en la Localidad de Rafael Uribe Uribe, en cumplimiento de lo establecido en la Ley [1622](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971) de 2013 y la Ley 1855 de 2018.

Que la Ley 1885 de 2018, en su artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75805#21) establece que los Consejos de Juventud deben posesionarse dentro de los 3 meses siguientes a su elección, hasta que se realicen nuevas elecciones, las cuales deberán realizarse cada cuatro años.

Que la Ley 1622 de 2013 en su artículo [57](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#57), determina que cada alcalde adoptará mediante acto administrativo las medidas establecidas en dicha Ley, para asegurar la operación de los consejos de juventud de cada ente territorial. En mérito de lo anteriormente expuesto el Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe,

RESUELVE:

Artículo 1. POSESIONAR a los Consejeros y las Consejeras Locales de Juventud de la localidad de Rafael Uribe Uribe para el período 2022 – 2026, a partir del Catorce (14) de enero de 2022; quienes se enlistan a continuación: NOTA: Por medio de la Resolución Local [008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=137657#0) de 2023 del Alcalde de Rafael Uribe Uribe se modifica parcialmente la conformación del Consejo Local de Juventud de Rafael Uribe Uribe. Artículo 2. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 13Sic días del mes de enero del año 2022.

EDUARD HUMBERTO QUINTANA ARELLANO

Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe

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