DECRETO 1000 de 2009
por el cual se modifica el Arancel de Aduanas.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1000
- Año
- 2009
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en la Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 4589 del 27 de diciembre de 2006, se adoptó el nuevo Arancel de Aduanas que entró a regir a partir del 1° de enero de 2007.
Que en la sesión 193 del 27 de octubre de 2008, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, recomendó modificar el texto de las subpartidas arancelarias 7209.16.00.10, 7209.17.00.10, 7209.27.00.10, 7209.28.00.10, correspondientes a láminas de acero de esmaltación, para que se describa la norma técnica ASTM A 424 o norma equivalente,
DECRETA:
Artículo 1°.
Modificar el texto de las subpartidas arancelarias 7209.16.00.10, 7209.17.00.10, 7209.27.00.10, 7209.28.00.10, las cuales quedarán con el código y descripción que se indica a continuación.
Nomenclatura Descripción 7209.16.00.10 --- Según norma ASTM A 424 o norma equivalente 7209.17.00.10 --- Según norma ASTM A 424 o norma equivalente 7209.27.00.10 --- Según norma ASTM A 424 o norma equivalente 7209.28.00.10 --- Según norma ASTM A 424 o norma equivalente
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica el artículo 1° del Decreto 4589 de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc, Juan Manuel Santos Calderón.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata Páez.
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