DECRETO 1000 de 1991
por el cual se deroga el Decreto legislativo 943 del 10 de abril de 1991.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1000
- Año
- 1991
- Entidad
- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto legislativo 1038 de 1984,
DECRETA:
Artículo 1ş Derógase el Decreto legislativo 943 de 10 de abril de 1991, por el cual se dictan medidas tendientes a la preservación del orden público y a su restablecimiento relacionado con el control al consumo de combustible y a la circulación y tránsito de vehículos automotores.
Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 943 de 1991 Artículo 2ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de abril de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Gobierno, Humberto De La Calle Lombana. El Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Fernando Jaramillo Correa. El Ministro de Justicia, Jaime Giraldo Angel. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez. El Ministro de Defensa Nacional, General Oscar Botero Restrepo. La Ministra de Agricultura, Maria Del Rosario Sintes Ulloa. El Ministro de Desarrollo Económico, Ernesto Samper Pizano. El Ministro de Minas y Energía, Luis Fernando Vergara Munarriz. El Ministro de Educación Nacional, Alfonso Valdivieso Sarmiento. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Posada De La Peńa. El Ministro de Salud, Camilo Gonzalez Posso. El Ministro de Comunicaciones, Alberto Casas Santamaría. El Ministro de Obras Públicas y Transporte, Juan Felipe Gaviria Gutierrez.
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