DECRETO 988 de 1991
por el cual se modifica el artículo 3º del Decreto 546 de 1967.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 988
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el ordinal 12 del artículo 120 de la Constitución Política y la Ley 1a. de 1945,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. El artículo 3ş del Decreto 546 de 1967 quedará así:
Artículo 3ş. Para que los establecimientos de Educación Básica Secundaria y Media Vocacional puedan proporcionar Instrucción Militar, deben obtener Licencia del Ministerio de Defensa Nacional para adoptar y sujetarse a la organización de tipo castrense y al proceso de legalización de estudios por parte de la respectiva Secretaría de Educación.
Parágrafo.
El Ministerio de Defensa Nacional podrá conceder o negar la mencionada licencia en forma discrecional.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 3 DECRETO 546 de 1967
Artículo 2.
ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 12 de abril de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Defensa Nacional, General Oscar Botero Restrepo.
El Ministro de Educación Nacional, Alfonso Valdivieso Sarmiento.
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