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DECRETO 982 de 1995

por medio del cual se suprime un cargo, se crean unos cargos, se hace un nombramiento provisional, se ordena un traslado y se asignan unas Funciones Consulares en el Servicio Exterior.

Tipo
DECRETO
Número
982
Año
1995
Entidad
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2ş y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Japón, el cargo de Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX, Encargado de Funciones Consulares en Tokio, con una asignación básica mensual de seis mil novecientos cuarenta dólares con 00/100 (US$6.940.00), actualmente ocupado por Héctor Isidro Arenas Neira, a quien se traslada a la planta interna del Ministerio, al cargo de Segundo Secretario de Relaciones Exteriores, Código 3056, Grado 06, vacante.

Artículo 2.

ş. Créase en el Consulado de Colombia en Singapur, Singapur, un cargo de Cónsul de Primera Clase, Grado Ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de tres mil ochocientos dólares con 00/100 (US$3.800.00), y nómbrase provisionalmente a Isaac Tcachman Ziskiend.

Artículo 3.

ş. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Japón, un cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 4 PA (Local), con una asignación básica mensual de dos mil seiscientos setenta dólares con 00/100 (US$2.670.00).

Artículo 4.

ş. Asígnanse las Funciones Consulares al cargo de Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX, en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Japón, actualmente ocupado por Luis Amadeo Hernández Situ.

Artículo 5.

ş. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 6.

ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 12 de junio de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones Exteriores, Rodrigo Pardo García-Peńa.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.

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