Resolución Reglamentaria 034 de 2023
Resolución Reglamentaria 034 de 2023 Contraloría de Bogotá D.C.
- Tipo
- Resolución Reglamentaria
- Número
- 034
- Año
- 2023
- Fecha
- 15 de diciembre de 2023
- Entidad
- Contraloría de Bogotá D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 034 DE 2023
(Diciembre 15)
_Por la cual se adopta la nueva versión del procedimiento para el Trámite del Proceso Disciplinario y se dictan otras disposiciones_ __ EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 2016 modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017[1], expedido por el Concejo de Bogotá D.C. y, __
CONSIDERANDO:
Que el artículo [269](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#269) de la Constitución Política, establece como obligación de las autoridades diseñar y aplicar en las entidades públicas, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley.
Que de acuerdo con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, los procedimientos para la ejecución de procesos, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.
Que mediante la Ley 1952 de 2019[2], el Congreso de la República expidió el Código General Disciplinario.
Que tras el fallo de la Corte interamericana de Derechos Humanos, se promulgó la Ley 2094 de 2021, que introdujo cambios en el Código General Disciplinario, especialmente en lo relacionado con el otorgamiento de funciones a la Procuraduría General de la Nación, la separación de las etapas de instrucción y juzgamiento, doble instancia y doble conformidad, obligando a todas las entidades que ejercen control disciplinario a implementar dichas garantías, so pena de tener que remitir los procesos a la Procuraduría General de la Nación para su conocimiento y trámite.
Que el Acuerdo Distrital 658 de 2016, regula en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#6) la autonomía administrativa, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y los respectivos Acuerdos vigentes.
Que el Concejo de Bogotá D.C., expidió el Acuerdo Distrital [886](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=139419) de 2023[[3]](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/modoEdicionNorma.jsp?i=152361#_edn2), donde se modifica la estructura orgánica de la entidad y se establece la competencia de la Oficina de Asuntos Disciplinarios para adelantar en etapa de instrucción las actuaciones disciplinarias y de la Dirección Jurídica para llevar a cabo la etapa de juzgamiento.
Que la Contraloría de Bogotá D.C. mediante Resolución Reglamentaria No. [038](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=138377) del 8 de octubre de 2018, adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno - MECI- e incorporó la estructura definida en la dimensión No. 7 Control Interno, del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
Que la Contraloría de Bogotá D.C., expidió la Resolución Reglamentaria No. [028 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=125578)del 18 de noviembre de 2022, por medio de la cual se adopta la versión 14.0 del PGD02 Procedimiento para Mantener la Información Documentada del Sistema Integrado de Gestión - SIG.
Que se hace necesario adoptar una nueva versión del procedimiento para el trámite del Proceso Disciplinario, en cumplimiento de la normatividad vigente y garantizando además la autonomía e independencia de las personas con discapacidad sensorial, implementando criterios de accesibilidad en los documentos que se publican en la página web de la entidad que contienen información de interés público.
Que la Dirección de Talento Humano en cumplimiento de lo anteriormente expuesto, revisó y actualizó la base legal, las actividades del procedimiento y los formatos a utilizar incluyendo criterios de accesibilidad y ajustándolos a la estructura definida en la nueva versión del PGD-02 _"Procedimiento para mantener la información documentada del Sistema Integrado de Gestión"._ Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Adoptar la nueva versión del Procedimiento para el Trámite del Proceso Disciplinario, perteneciente al Proceso de Gestión del Talento Humano: | No. | Documento | Versión | **Código ---|---|---|--- 1 | Procedimiento para el Trámite del Proceso Disciplinario | 7.0 | PGTH -20
Artículo segundo.
Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes velar por la administración, divulgación y cumplimiento del documento adoptado.
Artículo tercero.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el numeral [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75886) del artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 015 del 28 de febrero de 2018.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2023.
JULIÁN MAURICIO RUIZ RODRÍGUEZ
Contralor de Bogotá D.C.
NOTA: Ver anexos
NOTA: Ver norma original en anexos
Proyectó, Ana Isabel Castro - Profesional 222.07 (e)
Revisó: Daniela Guzmán Albadán - Profesional 219.03 Aprobó: Ray G. Vanegas Herrera - Director Técnico de Talento Humano Revisó Técnica: Sandra Patricia Bohórquez González - Directora Técnica de Planeación Revisión Jurídica: Oscar Gerardo Arias Escamilla - Director Técnico Dirección Jurídica
NOTAS AL PIE DE PÁGINA
* * * [1] Modificado por los acuerdos Nos. 881 del2 de marzo de 2023, 886 del 22 de marzo de 2023 y 904 del 26 de junio de 2023.
[2] La vigencia de esta norma fue diferida hasta el 29 de Marzo de 2022, a excepción de los Articulas 69 y 74 de la Ley 2094, que entraran a regir a partir del 30 de Junio de 2021, Y el Articulo 7 de la Ley 2094 de 2021 entrara a regir el29 de diciembre del 2023, de acuerdo con el Articulo 73 de la Ley 2094 de 2021.
[[3]](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/modoEdicionNorma.jsp?i=152361#_ednref2) Modificado por el Acuerdo Distrital 904 de 2023
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