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DECRETO 965 de 2013

por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio del Trabajo.

Tipo
DECRETO
Número
965
Año
2013
Entidad
MINISTERIO DEL TRABAJO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministro del Trabajo, en ejercicio de la facultad señalada en el Decreto número 4108 de 2011, artículo 6° numeral 29, según la cual le corresponde "Organizar y conformar las Oficinas Especiales e Inspecciones de Trabajo y determinar la jurisdicción de estas y de las Direcciones Territoriales", mediante Resolución número 470 de fecha 26 de febrero de 2013, conformó la Dirección Territorial de Bogotá, D. C., y reorganizó la Dirección Territorial de Cundinamarca.

Que el Ministerio del Trabajo presentó al Departamento Administrativo de Función Pública el Estudio Técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 19 de 2012, para efectos de modificar la Planta de Personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto favorable.

Que para los fines de este decreto el Ministerio del Trabajo cuenta con la viabilidad presupuestal correspondiente otorgada por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

DECRETA:

Artículo 1°.

Suprímense de la planta de personal del Ministerio del Trabajo los siguientes cargos: N o de cargos

Denominación del cargo Código Grado PLANTA GOBAL 3 (Tres) Profesional Universitario 2044 06

Artículo 2°.

Créase el siguiente cargo en la planta de personal del Ministerio del Trabajo: N o de cargos

Denominación del cargo Código Grado PLANTA GOBAL 1 (Uno) Director Territorial 0042 18

Artículo 3°.

El Ministerio del Trabajo distribuirá el cargo de la planta global a que hace referencia el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, el estudio técnico que sustenta este decreto, y los planes y programas de la entidad.

Artículo 4°.

El empleo que se crea con ocasión de esta modificación, será provisto de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Artículo 5°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 4112 de 2011.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 4112 de 2011 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de mayo de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro del Trabajo, Rafael Pardo Rueda.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

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