DECRETO 957 de 2005
por el cual se suprimen unos cargos de la Planta de Personal del Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán", en Liquidación, y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 957
- Año
- 2005
- Entidad
- MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0301 del 29 de enero de 2004, por el cual se suprime el Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán" y se ordena su liquidación;
Que el Decreto 202 del 31 de enero de 2005 amplió el plazo de la liquidación del Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán", en Liquidación, hasta el 31 de marzo de 2005;
Que el Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán", en Liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de suprimir unos cargos de la planta de personal de esa Entidad, el cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el certificado de viabilidad presupuestal;
DECRETA:
Artículo 1°.
Suprímense de la Planta de Personal del Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán", en Liquidación, los siguientes cargos: Nş de Cargos
Dependencia y Denominación del cargo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 1 (uno) Director General de Entidad Descentralizada 0015 23 1 (uno) Asesor 1020 11 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 23 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 13 PLANTA GLOBAL 2 (dos) Profesional Especializado 3010 20 1 (uno) Profesional Universitario 3020 10 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 18 1 (uno) Operario Calificado 5300 13 Artículo 2ş. Los empleados públicos de carrera administrativa que vienen prestando sus servicios en el Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán", en Liquidación, a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1ş del presente decreto y que no sean incorporados directamente en la planta del Ministerio de Educación Nacional en razón al cumplimiento del Plan de Protección Social de prepensionados de conformidad con las Leyes 790 de 2002 y 812 de 2003 y el Decreto 190 de 2003, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en la Ley 443 de 1998 y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 y demás normas vigentes sobre la materia.
Artículo 3ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2804 de 2001. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 2804 de 2001 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
La Ministra de Educación Nacional, Cecilia María Vélez White.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Antonio Grillo Rubiano.
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